D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y SOSTENIBILIDAD (BOCM-20210522-2)
Convenio –  Convenio de colaboración de 10 de mayo de 2021, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Sostenibilidad) y el Ayuntamiento de Collado Villalba, para la adhesión de información relativa a su patrimonio de suelo disponible al Portal de Suelo de la Comunidad de Madrid
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 22 DE MAYO DE 2021

B.O.C.M. Núm. 121

Tercero
El Portal de Suelo de la Comunidad de Madrid (en adelante el Portal) es una herramienta informática integrada en la web comunidad.madrid, que se encuentra en funcionamiento desde el mes de julio de 2014 y en la que se pueden consultar los datos de las parcelas de titularidad pública disponibles en la Comunidad de Madrid, pertenecientes a la
Administración de la Comunidad de Madrid y Entidades Públicas adheridas. El Portal tiene como objetivo ofrecer una información unificada y crítica que responda a las necesidades de los promotores o inversores que estén interesados en la adquisición de suelo público en nuestra Región, en orden a que esta Administración autonómica pueda ofertar una
potente base de datos que permita que la Comunidad de Madrid se posicione como una de
las primeras opciones de implantación de actividades.
Esta herramienta reúne una gran cantidad de información que anteriormente se encontraba dispersa en los distintos organismos gestores de suelo público, es accesible en el enlace http://www.comunidad.madrid/inversion/inicia-desarrolla-tu-empresa/portal-suelo y sus
parámetros de búsqueda están diseñados para adecuarse a las necesidades de todos los profesionales, de forma que se pueda llegar de forma fácil y rápida al resultado que se busca.
Cuarto
El Portal cuenta con un servicio de atención especializada a los usuarios interesados
que se ejerce de forma presencial, telefónica o mediante el buzón de correo corporativo
dgsuelo@madrid.org, todo ello atendido por el equipo técnico del Área de Valoraciones y
Patrimonio de la Subdirección General de Suelo de la Dirección General de Suelo, remitiendo para consultas relacionadas con las convocatorias públicas de enajenación, a los distintos órganos gestores participantes, de forma que no interfiere en la disposición de los
suelos que se muestran, al constituir únicamente un medio especializado de información inmobiliaria.
Quinto
En este Portal, participa actualmente la Dirección General de Suelo de la Consejería de
Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Sostenibilidad de la Comunidad de Madrid.
Sexto
Con el fin de encontrar una respuesta a las necesidades de suelo y en orden en mantener una colaboración en todas las iniciativas que pudieran demandar, la Comunidad de
Madrid ofrece a las Entidades Locales y organismos, empresas y resto de Entidades Públicas de ellas participadas o dependientes, titulares de patrimonio de suelo, la posibilidad, por
medio de la adhesión, de integrar su oferta de suelo disponible en el Portal.
De este modo, no solo al incluir el patrimonio de suelo disponible de las Administraciones Locales en el Portal se da mayor publicidad y difusión respecto a la situación de estas parcelas, sino que también las Entidades Locales ubicadas en el territorio de la Comunidad de Madrid pueden participar de las soluciones tecnológicas disponibles que
garanticen uno de los fines básicos de este tipo de información, como es el de la máxima
cobertura.
En relación con la cooperación interadministrativa, se ha tenido en cuenta el artículo 143 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, que hace
referencia a dicho principio y establece que la formalización de relaciones de cooperación
requerirá la aceptación expresa de las partes, formulada en acuerdos de órganos de cooperación o en convenios.

La Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid,
en su artículo 112 establece los principios generales que han de regir las relaciones entre las
Entidades Locales y la Comunidad de Madrid: respeto a sus respectivas competencias, información recíproca de sus actuaciones respectivas, coordinación, asistencia y colaboración, y lealtad institucional y buena fe.
Octavo
En base a lo referido anteriormente las partes signatarias están de acuerdo, dentro del
ámbito de su respectiva competencia, en la necesidad de impulsar toda la colaboración pre-

BOCM-20210522-2

Séptimo