Madrid (BOCM-20210521-85)
Sala de lo Social. Sección Cuarta. Procedimiento 624/2019
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 21 DE MAYO DE 2021

B.O.C.M. Núm. 120

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE
85

MADRID
SALA DE LO SOCIAL
Sección Cuarta
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. ANA MARIA LOPEZ-MEDEL BASCONES LETRADO/A DE LA ADMÓN.
DE JUSTICIA DEL Tribunal Superior de Justicia de Madrid - Sección nº 4 de lo
Social, HAGO SABER:
Que en el procedimiento 624/2019 de esta Sección de lo Social, seguido a instancia de
D./Dña. JONNY ARLEX MARIN HENAO frente a INSA, LIMPIEZAS INTEGRALES
S.L. sobre Recurso de Suplicación, por la Sala de lo Social del Tribunal Supremo se ha dictado la siguiente resolución:
“PARTE DISPOSITIVA
LA SALA ACUERDA: Declarar la inadmisión del recurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto por el Letrado D. Cristian Jiménez Simó, en nombre y representación de D. Jonny Arlex Marín Henao contra la sentencia dictada por la Sala de lo
Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de fecha 19 de diciembre de 2019, en el
recurso de suplicación número 624/2019, interpuesto por D. Jonny Arlex Marín Henao,
frente a la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 25 de los de Madrid de fecha 30
de enero de 2019, en el procedimiento nº 281/2018 seguido a instancia de D. Jonny Arlex
Marín Henao contra Insa Limpiezas Integrales SL, sobre despido.
Se declara la firmeza de la sentencia recurrida, sin imposición de costas.
Contra este auto no cabe recurso alguno.
Devuélvanse los autos de instancia y el rollo de suplicación a la Sala de lo Social del
Tribunal Superior de Justicia de procedencia con certificación de esta resolución y comunicación.
Así lo acordamos, mandamos y firmamos”.
Y por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia se ha dictado la siguiente
resolución:
“DILIGENCIA DE ORDENACIÓN
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
D./Dña. ANA MARIA LOPEZ-MEDEL BASCONES

Visto que se han devuelto por la Sala de lo Social -Cuarta- del Tribunal Supremo las
actuaciones en su día remitidas en virtud del recurso de casación para la unificación de doctrina entonces interpuesto, así como la certificación de la resolución dictada por dicho Tribunal, se dispone:
a) Que se cumpla lo que se ordena en dicha resolución, notificándose, en su caso, a
las partes no personadas ante la misma.
b) Que se acuse recibo a la citada Sala Cuarta;

BOCM-20210521-85

En Madrid, a veintiséis de abril de dos mil veintiuno.