Villaviciosa de Odón (BOCM-20210521-82)
Organización y funcionamiento. Delegación competencias
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 120

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 21 DE MAYO DE 2021

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
82

VILLAVICIOSA DE ODÓN
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

BOCM-20210521-82

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (LRJPAC),
y de conformidad con la resolución de la Alcaldía-Presidencia número 01263 y 1287/2021,
de 28 de abril de 2021 y 4 de mayo, se hace público lo siguiente:
Primero.—Tomar conocimiento del pase del concejal de esta Corporación don Pedro
Cocho Gómez a la condición de concejal no adscrito, por abandono del grupo municipal del
Partido Popular, en el que estaba integrada, por aplicación del artículo 73 de la Ley 7/1985,
de 2 de abril, tomando como fecha de pase a dicha condición la del 1 de mayo de 2021.
Segundo.—De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 75 de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases del Régimen Local, el señor Cocho Gómez tendrá derecho a percibir las cantidades asignadas en concepto de asistencias a sesiones del Pleno y de las Comisiones Informativas, en los términos y cantidades fijadas por el Pleno de la Corporación.
Tercero.—Notificar esta resolución al interesado, al grupo municipal del Partido Popular y a los portavoces de los grupos municipales.
Cuarto.—Este acuerdo se hará público mediante la inserción de un edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento,
y en el portal de transparencia municipal, en cumplimiento del artículo 8 de la Ley 19/2013,
de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Púbica y Buen Gobierno, y
del artículo 15 de la Ley 10/2019, de 10 de abril, de Transparencia y de Participación de la
Comunidad de Madrid.
Quinto.—Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrán interponerse los siguientes recursos:
a) Con carácter potestativo un recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó la
resolución impugnada, dentro del plazo de un mes, a contar desde el día siguiente
al de recepción de la notificación de esta notificación, de acuerdo con lo que dispone el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
b) Directamente contra esta resolución se podrá interponer un recurso contencioso
administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso Administrativo de la ciudad de
Madrid, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de recepción
de la notificación de esta resolución, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1
de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa (LJCA).
En Villaviciosa de Odón, a 6 de mayo de 2021.—El secretario general, Manuel Paz
Taboada.
(03/16.914/21)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791