Madrid número 4 (BOCM-20210521-117)
Ejecución 75/2021
Página 1 Pág. 1
1 página en total
BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 120

VIERNES 21 DE MAYO DE 2021

Pág. 259

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
117

MADRID NÚMERO 4
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María José Villagrán Moriana, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado
de lo social número 4 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento número 75/2021 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Aránzazu González Maldonado, frente a Quality Exclusive Editions, S. L., sobre ejecución de títulos judiciales, se ha dictado la siguiente resolución:
Parte dispositiva:

BOCM-20210521-117

Despachar orden general de ejecución de sentencia a favor de la parte ejecutante, doña
Aránzazu González Maldonado, frente a la demandada Quality Exclusive Editions, S. L.,
parte ejecutada, por un principal de 1.919,50 euros (1.842,80 euros, más 76,70 euros de intereses por mora), más 287,92 de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.
Notifíquese la presente resolución a las partes.
Modo de impugnación: mediante recurso de reposición ante este Juzgado dentro de los
tres días hábiles siguientes al de su notificación, en el que, además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución, podrá deducirse oposición en los términos previstos en el artículo 239.4 de la LJS, debiendo el recurrente que no sea trabajador
beneficiario del régimen de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad Banco Santander, número 2502-0000-64-0075-21.
Así, por este su auto, lo acuerda, manda y firma.—El ilustrísimo señor magistrado-juez.
Y para que sirva de notificación en legal forma a Quality Exclusive Editions, S. L., en
ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto,
salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a 20 de abril de 2021.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).
(03/15.092/21)

http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791