Madrid número 5 (BOCM-20210521-120)
Ejecución 64/2021
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 120

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 21 DE MAYO DE 2021

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
120

MADRID NÚMERO 5
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. LAURA CARRIÓN GÓMEZ LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
DEL Juzgado de lo Social nº 5 de Madrid.
HAGO SABER: Que en el procedimiento 64/2021 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. PEDRO BULATAO TAMAYOO y D./Dña. JOHN WILLIAM
VELEZ RODRIGUEZ frente a FOGASA y MINOTAURO CONSULTORIA 2009 SL sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:
PARTE DISPOSITIVA
Despachar orden general de ejecución de sentencia a favor de la parte ejecutante,
D./Dña. JOHN WILLIAM VELEZ RODRIGUEZ y D./Dña. PEDRO BULATAO TAMAYOO, frente a la demandada MINOTAURO CONSULTORIA 2009 SL, parte ejecutada,
por un principal de 29.810,79 euros (7.166,14 euros y 22.644,65 euros), más 1.490,53 euros
y 2.981,00 euros de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.
Notifíquese la presente resolución a las partes.
MODO DE IMPUGNACION.- Mediante recurso de REPOSICION ante este Juzgado
dentro de los TRES días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar
las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución, podrá deducirse oposición en
los términos previstos en el art. 239.4 LJS., debiendo el recurrente que no sea trabajador beneficiario del Régimen de la Seguridad social ingresar la cantidad de 25 Euros en la cuenta de
este Juzgado abierta en la Entidad BANCO DE SANTANDER 2503-0000-64-0064-21.
Así, por éste su Auto, lo acuerda, manda y firma, el Ilmo. Sr. Magistrado - Juez
Y para que sirva de notificación en legal forma a MINOTAURO CONSULTORIA
2009 SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial
de la Comunidad de Madrid.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a veintisiete de abril de dos mil veintiuno.

BOCM-20210521-120

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/15.190/21)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791