Parla (BOCM-20210520-65)
Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 119

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 20 DE MAYO DE 2021

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
65

PARLA
RÉGIMEN ECONÓMICO

Convocatoria de ayudas del Ayuntamiento de Parla a autónomos y pequeñas empresas para reactivar el tejido económico en el municipio tras las medidas de confinamiento
y suspensión de actividades derivadas del estado de alarma decretado para la gestión del
COVID-19.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b y 20.8 a de la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto
completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
BDNS (Identif.): 563663

BOCM-20210520-65

Primero. Beneficiarios.—Serán beneficiarios de esta ayuda: trabajadores por cuenta
propia y pequeñas empresas. Se considera pequeña empresa (anexo 1, Reglamento UE número 651/2014, “Pequeña empresa: empresa que ocupa a menos de 50 personas y cuyo volumen de negocios o cuyo balance general anual no supera los 10 millones de euros), que
tenga establecido su domicilio fiscal o radique su centro de trabajo en el municipio de Parla, que haya visto afectado una minoración de su facturación en al menos un 35 por 100 de
sus ingresos en 2020 respecto al 2019. Deberán cumplir requisitos establecidos en el artículo 3 de la convocatoria.
Segundo. Objeto.—El objeto de esta convocatoria es ofrecer, para el ámbito territorial del municipio de Parla, ayudas dirigidas a las personas trabajadoras por cuenta propia
y a las pequeñas empresas de Parla que cumplan los requisitos establecidos en la convocatoria, con el fin de reactivar el tejido económico del municipio.
Tercero. Bases reguladoras.—Para la presente convocatoria resulta de aplicación la
ordenanza general de subvenciones del Ayuntamiento de Parla, aprobada en pleno de fecha
28 de diciembre de 2004 y publicada definitivamente el día 8 de marzo de 2005 en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como la página web municipal.
Cuarta. Cuantía.—El procedimiento de concesión se tramitará en régimen de concurrencia competitiva, de acuerdo con los criterios de valoración previamente fijados en las
bases reguladoras y convocatoria, con el límite fijado en la convocatoria dentro del crédito
disponible. La cuantía destinada a atender estas subvenciones asciende a un importe total
de 400.000 euros del vigente presupuesto municipal, partida 43047901.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—La presentación de solicitudes y documentación complementaria deberá realizarse dentro de los veinte días hábiles siguientes
a la publicación del extracto de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID.
Sexto. Otros datos.—Se presentará una única solicitud, que deberá formularse en el
modelo que figura en la presente convocatoria. La presentación de más de una solicitud
conllevará la inadmisión de la solicitud de subvención para todas ellas.
En Parla, a 19 de abril de 2021.—La concejala delegada del Área de Cultura, Empleo,
Formación, Inmigración e Interculturalidad, Gema García Torres.
(03/17.441/21)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791