Parla (BOCM-20210520-67)
Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 119

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 20 DE MAYO DE 2021

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
67

PARLA
RÉGIMEN ECONÓMICO

Convocatoria de subvenciones a entidades ciudadanas del Ayuntamiento de Parla para
la participación en la XXIV Muestra Local de Teatro año 2021.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3b 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo
texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
BDNS (Identif.): 563665

BOCM-20210520-67

Primero. Beneficiarios.—Podrán solicitar subvención de personas, colectivos, grupos y asociaciones que cumplan los siguientes requisitos:
— Tengan un proyecto teatral.
— Puedan acreditar su residencia habitual en Parla.
— Puedan acreditar cierta trayectoria escénica en el municipio de Parla.
— No estén incursas en ninguna de las causas de incapacidad presentes en los artículos 13.2 y 13.3 de la Ley General de Subvenciones.
Segundo. Objeto.—La presente convocatoria tiene por objeto definir los términos y
condiciones que regirán las concesiones de las subvenciones que otorgue el Ayuntamiento
de Parla, con cargo a los créditos del presupuesto municipal, que tengan por objeto la financiación parcial de los proyectos que se presenten para promover la participación en la XXIV
Muestra Local de Teatro de Parla, en 2021.
Tercero. Bases reguladoras.—Ordenanza general de subvenciones del Ayuntamiento de Parla, aprobada en pleno de fecha 28 de diciembre de 2004 y publicada definitivamente el día 8 de marzo de 2005 en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Cuarto. Cuantía.—La cuantía total máxima de las ayudas a otorgar es de 3.000 euros
en concepto de subvenciones con cargo a los créditos disponibles y retenidos las aplicaciones presupuestarias, con cargo a la aplicación presupuestaria 334.489.00 “Certámenes Literarios”. Tendrá carácter anual, el pago se realizará con cargo al presupuesto del año 2021
tras su justificación y como se establece en artículo 57 del Real Decreto 887/2006, de 21 de
julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—Las solicitudes normalizadas, junto
con el resto de documentación exigida en la presente convocatoria, se dirigirán a la Concejalía de Cultura, y se presentarán hasta el 31 de julio y a partir de su publicación en BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a través de la Base Nacional de Subvenciones. Asimismo, la convocatoria se publicará en el tablón de anuncios de la Sede
Electrónica, portal web municipal.
En Parla, a 11 de mayo de 2021.—La concejala-delegada del Área de Cultura, Empleo,
Formación, Inmigración e Interculturalidad, Gema García Torres.
(03/17.470/21)

http://www.bocm.es

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791