Madrid número 47 (BOCM-20210520-83)
Procedimiento 39/2020
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 20 DE MAYO DE 2021

B.O.C.M. Núm. 119

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE
83

MADRID NÚMERO 47
EDICTO

Don Alejandro Asensio Muñoz, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 47.

BOCM-20210520-83

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento juicio verbal (desahucio
precario 250.1.2) (primera instancia civil) número 39/2020, instados por procurador don
José María Rico Maesso, en nombre y representación de Morrisvtlle Investment 12, S. L,
contra ignorados ocupantes calle Rocafort, número 37, escalera A, planta tercera, puerta izquierda, en los que se ha dictado en fecha 22 de octubre de 2020 sentencia, cuyo fallo es el
siguiente:
Que, estimando íntegramente la demanda interpuesta por el procurador don José María
Rico Maesso, en representación de la mercantil Morrisville Investment 12, S. L. U., contra
los ignorados ocupantes de la vivienda sita en la calle Rocafort, número 37, escalera A, piso
tercero izquierda, de Madrid, debo declarar y declaro que la parte demandada ocupa el inmueble sin título alguno, en situación de precario, decretando haber lugar al desahucio del
inmueble referido, y condenando a la demandada y a cuantas personas ocupen la vivienda
con su autorización a dejar el inmueble libre y expedito, a disposición de la propiedad, con
apercibimiento de lanzamiento judicial, así como al pago de ¡as costas del procedimiento.
Esta sentencia no es firme, y contra la misma cabe recurso de apelación, a interponer
por escrito ante este Juzgado en término de veinte días desde el siguiente al de su notificación, para ante la Audiencia Provincial de Madrid.
Conforme a lo establecido en la Instrucción 8/2009, dictada al amparo de la disposición adicional decimoquinta de la LOPJ, introducida por LO 1/2009, de 3 de noviembre, se
advierte a las partes de la necesidad de constituir depósito de 50,00 euros para interponer
recurso de apelación, contra la presente sentencia, debiendo en su caso acompañar al escrito de interposición del mismo el resguardo acreditativo del ingreso en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado, en el cual se deberá indicar el código 02, haciendo
constar que no se admitirá a trámite ningún recurso cuyo depósito no esté constituido.
En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado ignorados ocupantes calle Rocafort, número 37, escalera A, planta tercera, puerta izquierda y de acuerdo
con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en
la Secretaría de este Tribunal.
En Madrid, a 21 de enero de 2021.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).
(02/4.370/21)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791