Madrid número 21 (BOCM-20210520-136)
Procedimiento 1361/2020
Página 1 Pág. 1
1 página en total
BOCM
Pág. 254

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 20 DE MAYO DE 2021

B.O.C.M. Núm. 119

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
136

MADRID NÚMERO 21
EDICTO
CÉDULA DE CITACIÓN A JUICIO Y A INTERROGATORIO

ÓRGANO QUE ORDENA CITAR
JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 21 DE Madrid.
ASUNTO EN QUE SE ACUERDA
Juicio nº 1361/2020 promovido por D./Dña. LIVINTON JAVIER SANTOS BOHORUQES sobre Despido.
PERSONA QUE SE CITA
AMG PROYECTOS INMOBILIARIOS SL en concepto de parte DEMANDADA en
dicho juicio.
OBJETO DE LA CITACIÓN
Asistir al/a los acto/s de conciliación y juicio y en, su caso, responder al interrogatorio
solicitado por D./Dña. LIVINTON JAVIER SANTOS BOHORUQES sobre los hechos y
circunstancias objeto del juicio y que el tribunal declare pertinente.
LUGAR Y FECHA EN LA QUE DEBE COMPARECER
En la sede de este juzgado, sito en C/ Princesa, 3, Planta 5 - 28008, sala de vistas nº
FI1, ubicada en la planta 5 el día 09/06/2021, a las 11:30 horas.
ADVERTENCIAS LEGALES

La persona citada puede examinar los autos en la Secretaría del Juzgado hasta el día
de la celebración del juicio.
En Madrid, a catorce de mayo de dos mil veintiuno.
D./Dña. ARACELI CRESPO PASCUAL
LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/17.894/21)

http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791

BOCM-20210520-136

1.- Su incomparecencia injustificada no impedirá la celebración del juicio, que continuará sin necesidad de declarar su rebeldía (Art. 83.3 LJS).
Las siguientes comunicaciones se harán en los estrados del Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento (Art. 59 LJS).
2.- Debe concurrir a juicio con todos los medios de prueba que intente valerse (Art. 82.2
LJS).
3.- Si pretende comparecer en el juicio asistido de Abogado o representado por Procurador o Graduado Social colegiado debe manifestarlo a este Juzgado por escrito dentro de
los dos días siguientes a la publicación del presente edicto (Art. 21.2 LJS).
4.- Si no comparece, y no justifica el motivo de la incomparecencia, el tribunal podrá considerar reconocidos los hechos controvertidos que le perjudiquen (artículo 304 de la Ley 1/2000,
de Enjuiciamiento Civil -LEC-, en relación con el artículo 91 de la LJS).
5.- La publicación de este edicto sirve de citación en legal forma a la parte demandada que se encuentra en ignorado paradero.