Madrid número 3 (BOCM-20210520-77)
Procedimiento 1115/2018
Página 1 Pág. 1
1 página en total
BOCM
Pág. 182

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 20 DE MAYO DE 2021

B.O.C.M. Núm. 119

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE
77

MADRID NÚMERO 3
EDICTO

Doña Carmen Salgado Suárez, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 3 de Madrid.
Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento de juicio verbal (250.2)
número 1115/2018, instados por el procurador don Evencio Conde de Gregorio, en nombre
y representación de PSA Financial Services Spain, E. F. C., S. A., contra doña Martha Cecilia Puente Medina, en reclamación de 4.354,66 euros, en los que se ha dictado en fecha 12
de julio de 2019, sentencia 179/2019, cuyo fallo es el siguiente:
Sentencia número 179/2019
En Madrid, a 12 de julio de 2019.—Don Rafael Fluiters Casado, magistrado-juez del
Juzgado de primera instancia número 3 de esta ciudad, vistos los autos de juicio verbal sobre reclamación de cantidad, tramitados con el número 1115/18, y seguidos a instancias de
Psa Financial Services Spain, Establecimientos Financiero de Crédito, S. A., contra doña
Martha Cecilia Puente Molina, declarada en situación procesal de rebeldía.
Fallo

BOCM-20210520-77

Estimo la demanda formulada por el procurador don Evencio Conde de Gregorio, en
nombre y representación de PSA Financial Services Spain, Establecimientos Financiero de
Crédito, S. A., contra doña Martha Cecilia Puente Medina y, en su virtud, condeno a la demandada a pagar a la actora la cantidad de 4.354,66 euros, más sus intereses de demora
calculados al tipo del 9,95 por 100 anual, y con imposición de costas.
Notifíquese la presente resolución a las partes haciéndoles saber que contra la misma
cabe interponer, en el término de veinte días, recurso de apelación ante este Tribunal para
su resolución por la Audiencia Provincial de Madrid, justificando al hacerlo haber depositado la suma de 50 euros en la cuenta de consignaciones del Juzgado.
Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en esta primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.
En atención al desconocimiento del actual domicilio de la demandada, doña Martha
Cecilia Puente Medina y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se ha
acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en
la Secretaría de este Tribunal.
En Madrid, a 27 de abril de 2021.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).
(02/16.548/21)

http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791