Madrid (BOCM-20210519-85)
Sección Decimonovena. Procedimiento 430/2020
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 118

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 19 DE MAYO DE 2021

Pág. 263

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
AUDIENCIA PROVINCIAL DE
85

MADRID
Sección Decimonovena
EDICTO

D./Dña. MARGARITA MARTÍN UCEDA, Letrado/a de la Admón. de Justicia de la Sección Decimonovena de la Audiencia Provincial de Madrid.
Doy fe: Que en este Tribunal se sigue el Recurso de Apelación número 430/2020 a instancia del/ de la Procurador D./Dña. MARIA JESUS LORENZO CUESTA en nombre y representación de D./Dña. ***** contra IGNORADOS OCUPANTES CALLE EXTREMADURA N. 75, P.S1 Po. T19 de FUENLABRADA, (plaza de garaje), declarado en rebeldía
procesal, sobre Desahucio precario, en el que se ha dictado sentencia en fecha 22/01/2021,
cuyo encabezamiento y parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
SENTENCIA
ILMOS. SRES. MAGISTRADOS:
D. MIGUEL ÁNGEL LOMBARDÍA DEL POZO
Dª. CARMEN GARCÍA DE LEÁNIZ CAVALLÉ
D. RAMÓN BADIOLA DÍEZ
En Madrid, veintidós de enero de dos mil veintiuno.
La Sección Decimonovena de la Ilma. Audiencia Provincial de esta Capital, constituida por los Sres. Magistrados que al margen se expresan, ha visto en trámite de apelación los
presentes Autos de Juicio verbal (Desahucio precario - 250.1.2) 838/2019 procedentes del
Juzgado de 1ª Instancia nº 4 de Fuenlabrada, seguidos entre partes, de una, como demandante-apelada, SAREB, S.A., representada por el Procurador D. JOSÉ MANUEL JIMÉNEZ LÓPEZ, y defendida por Letrado, de otra, como demandado-apelante, D. *****, representado por la Procuradora Dª. MARÍA JESÚS LORENZO CUESTA y defendido por
Letrado, y de otra, como demandados-apelados no personados en esta instancia, IGNORADOS OCUPANTES CALLE EXTREMADURA N. 75 P.S1 Po. T19; todo ello en virtud
del recurso de apelación interpuesto contra la Sentencia dictada por el mencionado Juzgado, de fecha 23 de enero de 2020.
VISTO, siendo Magistrado Ponente, D. RAMÓN BADIOLA DÍEZ.
III.- FALLAMOS
En atención a lo expuesto, la Sala acuerda:
1.- DESESTIMAR el recurso de apelación interpuesto por DON ***** contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia número 4 de Fuenlabrada en los autos de
juicio verbal de desahucio número 838/2019 con fecha 23 de enero de 2020, la cual procede confirmar en todos sus pronunciamientos.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Contra esta Sentencia no cabe recurso ordinario alguno, sin perjuicio de que contra la misma puedan interponerse aquellos extraordinarios de
casación o infracción procesal, si concurre alguno de los supuestos previstos en los artículos 469 y 477 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en el plazo de veinte días y ante esta misma Sala, previa constitución, en su caso, del depósito para recurrir previsto en la Disposición Adicional Decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial, debiendo ser
consignado el mismo en la cuenta de depósitos y consignaciones de esta Sección, abierta en
Banco de Santander Oficina Nº 6114 sita en la calle Ferraz nº 43, 28008 Madrid, con el nú-

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2.- Condenar a la parte apelante al pago de las costas de la segunda instancia.