Madrid número 44 (BOCM-20210519-215)
Procedimiento 152/2021
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 118

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 19 DE MAYO DE 2021

Pág. 405

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
215

MADRID NÚMERO 44
EDICTO
CÉDULA DE CITACIÓN A JUICIO Y A INTERROGATORIO

ORGANO QUE ORDENA CITAR
JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 44 de Madrid.
ASUNTO EN QUE SE ACUERDA
JUICIO Nº 152/2021 PROMOVIDO POR Dña. MONIKA ROJAS VILLA SOBRE
Reclamación de Cantidad.
PERSONA JURIDICA QUE SE CITA
ALENDOY8ORYPANDO S.L. con CIF Nº B 88366901 EN CONCEPTO DE PARTE DEMANDADA EN DICHO JUICIO.
OBJETO DE LA CITACIÓN
ASISTIR A LOS ACTOS DE CONCILIACIÓN Y JUICIO Y EN, SU CASO, RESPONDER AL INTERROGATORIO SOLICITADO POR DÑA. BEATRIZ ALONSO
PAZ SOBRE LOS HECHOS Y CIRCUNSTANCIAS OBJETO DEL JUICIO Y QUE EL
TRIBUNAL DECLARE PERTINENTE.
LUGAR Y FECHA EN LA QUE DEBE COMPARECER
EN LA SEDE DE ESTE JUZGADO, SITO EN C/ Princesa, 3, Planta 7ª - 28008,
SALA DE VISTAS Nº 7.3, UBICADA EN LA PLANTA 7ª EL DÍA 26/05/2021, A LAS
10:40 HORAS.
ADVERTENCIAS LEGALES

La persona citada puede examinar los autos en la Secretaría del Juzgado hasta el día
de la celebración del juicio.
En Madrid, a cinco de mayo de dos mil veintiuno.
Dña. MARIA TERESA DIAZ ORTEGA
LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/16.446/21)
http://www.bocm.es

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791

BOCM-20210519-215

1.- Su incomparecencia injustificada no impedirá la celebración del juicio, que continuará sin necesidad de declarar su rebeldía (Art. 83.3 LJS).
Las siguientes comunicaciones se harán en los estrados del Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento (Art. 59 LJS).
2.- Debe concurrir a juicio con todos los medios de prueba que intente valerse
(Art. 82.2 LJS).
3.- Si pretende comparecer en el juicio asistido de Abogado o representado por Procurador o Graduado Social colegiado debe manifestarlo a este Juzgado por escrito dentro de
los dos días siguientes a la publicación del presente edicto (Art. 21.2 LJS).
4.- Si no comparece, y no justifica el motivo de la incomparecencia, el tribunal podrá
considerar reconocidos los hechos controvertidos que le perjudiquen (artículo 304 de la
Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil -LEC-, en relación con el artículo 91 de la LJS), además de imponerle, previa audiencia, una multa de entre 180 y 600 euros (artículo 304 y
292.4 LEC).;
5.- La publicación de este edicto sirve de citación en legal forma a la parte demandada que se encuentra en ignorado paradero.