Madrid número 8 (BOCM-20210519-129)
Procedimiento 1149/2020
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 19 DE MAYO DE 2021

B.O.C.M. Núm. 118

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
129

MADRID NÚMERO 8
EDICTO
CÉDULA DE CITACIÓN A JUICIO Y A INTERROGATORIO

ÓRGANO QUE ORDENA CITAR
JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 8 DE Madrid.
ASUNTO EN QUE SE ACUERDA
JUICIO Nº 1149/2020 PROMOVIDO POR FREMAP MUTUA COLABORADORA
CON LA SEGURIDAD SOCIAL Nº 061 SOBRE Materias Seguridad Social.
PERSONA QUE SE CITA
D./Dña. ALBANO PLAZA RODRIGO EN CONCEPTO DE PARTE DEMANDADA EN DICHO JUICIO.
OBJETO DE LA CITACIÓN
ASISTIR AL/A LOS ACTO/S DE CONCILIACIÓN Y JUICIO Y EN, SU CASO,
RESPONDER AL INTERROGATORIO SOLICITADO POR D./Dña. ALBANO PLAZA
RODRIGO SOBRE LOS HECHOS Y CIRCUNSTANCIAS OBJETO DEL JUICIO Y
QUE EL TRIBUNAL DECLARE PERTINENTE.
LUGAR Y FECHA EN LA QUE DEBE COMPARECER
EN LA SEDE DE ESTE JUZGADO, SITO EN C/ Princesa, 3, Planta 3 - 28008, SALA
DE VISTAS Nº FI1, UBICADA EN LA PLANTA 3 EL DÍA 08/02/2022, A LAS 09:15
HORAS.
ADVERTENCIAS LEGALES

La persona citada puede examinar los autos en la Secretaría del Juzgado hasta el día
de la celebración del juicio.
En Madrid, a cuatro de mayo de dos mil veintiuno.
D./Dña. RAQUEL PAZ GARCÍA DE MATEOS
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/16.365/21)
http://www.bocm.es

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791

BOCM-20210519-129

1.- Su incomparecencia injustificada no impedirá la celebración del juicio, que continuará sin necesidad de declarar su rebeldía (Art. 83.3 LJS).
Las siguientes comunicaciones se harán en los estrados del Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento (Art. 59 LJS).
2.- Debe concurrir a juicio con todos los medios de prueba que intente valerse (Art. 82.2
LJS).
3.- Si pretende comparecer en el juicio asistido de Abogado o representado por Procurador o Graduado Social colegiado debe manifestarlo a este Juzgado por escrito dentro de
los dos días siguientes a la publicación del presente edicto (Art. 21.2 LJS).
4.- Si no comparece, y no justifica el motivo de la incomparecencia, el tribunal podrá considerar reconocidos los hechos controvertidos que le perjudiquen (artículo 304 de la Ley1/2000,
de Enjuiciamiento Civil -LEC-, en relación con el artículo 91 de la LJS).
5.- La publicación de este edicto sirve de citación en legal forma a la parte demandada que se encuentra en ignorado paradero.