Madrid número 4 (BOCM-20210519-124)
Ejecución 37/2020
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 118

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 19 DE MAYO DE 2021

Pág. 305

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
124

MADRID NÚMERO 4
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MARIA JOSÉ VILLAGRAN MORIANA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE
JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 4 de Madrid.
HAGO SABER: Que en el procedimiento 37/2020 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. DANIEL PINCHETE NEBREDA frente a VANITY PRODUCCIONES Y SERVICIOS SL sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:
PARTE DISPOSITIVA
A los efectos de las presentes actuaciones, para el pago de 1.986,16 EUROS de principal y 297,92 euros calculados provisionalmente para intereses y costas, se declara la INSOLVENCIA PROVISIONAL total del ejecutado VANITY PRODUCCIONES Y
SERVICIOS SL, sin perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago.
Expídase y hágase entrega (mediante remisión por correo ordinario al letrado/a) a la
parte ejecutante de los testimonios a fin de iniciar el correspondiente expediente ante el
FONDO DE GARANTIA SALARIAL.
Una vez firme la presente resolución, hágase constar en el Registro Mercantil, la declaración de insolvencia del deudor (artículo 276.5 de la LJS), y archívense las actuaciones, sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes de la ejecutada.
MODO DE IMPUGNACION: Contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en el plazo de TRES DIAS desde su notificación.
Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.
El/ LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a VANITY PRODUCCIONES Y SERVICIOS SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en
el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a veintiuno de abril de dos mil veintiuno.
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

BOCM-20210519-124

(03/14.677/21)

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ISSN 1989-4791