D) Anuncios - CONSEJERÍA DE JUSTICIA, INTERIOR Y VÍCTIMAS (BOCM-20210519-37)
Convenio –  Convenio de 28 de abril de 2021, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Justicia, Interior y Víctimas) y el Ilustre Colegio de Abogados de Madrid, por el que se formaliza la concesión directa de una subvención por importe de 550.000 euros para la prestación de los servicios de orientación jurídica en el ejercicio 2021
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 118

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 19 DE MAYO DE 2021

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I. COMUNIDAD DE MADRID

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Consejería de Justicia, Interior y Víctimas
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CONVENIO de 28 de abril de 2021, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Justicia, Interior y Víctimas) y el Ilustre Colegio de Abogados de
Madrid, por el que se formaliza la concesión directa de una subvención por importe de 550.000 euros para la prestación de los servicios de orientación jurídica en el ejercicio 2021.
En Madrid, a 28 de abril de 2021.
REUNIDOS

De una parte, el Excmo. Sr. D. Enrique López López, en calidad de Consejero de Justicia, Interior y Víctimas, nombrado por Decreto 55/2019, de 19 de agosto, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 20
de agosto de 2019).
Y, de otra parte, el Excmo. Sr. Don José María Alonso Puig, en nombre y representación del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid, en su calidad de Decano de la Junta de
Gobierno en virtud de los Estatutos del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid aprobados
por la Junta General Extraordinaria de fecha 19 de julio de 2006 y el Pleno del Consejo General de la Abogacía Española de 8 de septiembre de 2006 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 21 de noviembre de 2006).
Ambas partes se reconocen mutuamente capacidad jurídica suficiente para suscribir el
presente convenio y a tal efecto
EXPONEN
Primero
Que el Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, aprobado mediante Ley
Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, regula, en su Título IV, la organización judicial de esta
Comunidad Autónoma, atribuyendo en su artículo 49.1 al Gobierno de la Comunidad de
Madrid eI ejercicio de todas las facultades que la Ley Orgánica del Poder Judicial atribuya
al Gobierno de la Nación.
Segundo
Que el Decreto 271/2019, de 22 de octubre, del Consejo de Gobierno por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Justicia, Interior y Víctimas regula en su
artículo 1 las competencias de la citada Consejería.
Tercero

Cuarto
Que el Ilustre Colegio de Abogados de Madrid es una Corporación de Derecho Público, con personalidad jurídica propia y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines
públicos y privados, siendo su ámbito todo el territorio de la Comunidad de Madrid, a excepción del que corresponde al Colegio de Abogados de Alcalá de Henares.
Que, entre sus fines esenciales, se encuentra la defensa del Estado social y democrático de Derecho proclamado en la Constitución y la promoción y defensa de los Derechos

BOCM-20210519-37

Que el artículo 5.3 de la Ley 19/1997, de 11 de julio, de Colegios Profesionales de la
Comunidad de Madrid faculta a estos a celebrar convenios con la Comunidad de Madrid
para la realización de actividades de interés común y para la promoción de actuaciones
orientadas a la defensa del interés público.