Madrid número 21 Ejecución 49/2021 (BOCM-20210519-157)
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 19 DE MAYO DE 2021

B.O.C.M. Núm. 118

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
157

MADRID NÚMERO 21
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

DOÑA ARACELI CRESPO PASCUAL, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social n.º 21 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento 49/2021-A de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de DON ALEJANDRO NICOLAS FRATTINI CASTEJÓN frente a THE
LEMON KEY, S. L., sobre ejecución de títulos judiciales se ha dictado resolución, cuya
parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
PARTE DISPOSITIVA
A los efectos de las presentes actuaciones, y para el pago de 4.695,66 euros de principal, se declara la insolvencia provisional total del ejecutado THE LEMON KEY, S. L., sin
perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la
deuda aún pendiente de pago.
Una vez firme la presente resolución, expídanse los testimonios necesarios para tramitar el correspondiente expediente ante FOGASA, los cuales serán remitidos vía Lexnet a la
letrada de la parte ejecutante, sin necesidad de que sean solicitados por escrito.
Y una vez coste efectuado lo que antecede, así que haya devenido firme la presente
resolución, archívense las presentes actuaciones.
Modo de impugnación: Contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en
el plazo de tres días desde su notificación.
Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.
LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
DOÑA ARACELI CRESPO PASCUAL
Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 LRJS Doy fe.
Y para que sirva de notificación en legal forma a THE LEMON KEY, S. L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios del Juzgado.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/14.754/21)

http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791

BOCM-20210519-157

En Madrid, a 22 de abril de 2021.