Madrid número 9 (BOCM-20210518-89)
Procedimiento 863/2020
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 117

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 18 DE MAYO DE 2021

Pág. 289

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
89

MADRID NÚMERO 9
EDICTO
CÉDULA DE CITACIÓN A JUICIO Y A INTERROGATORIO

ORGANO QUE ORDENA CITAR
JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 9 DE Madrid.
ASUNTO EN QUE SE ACUERDA
JUICIO Nº 863/2020 PROMOVIDO POR Dña. MARIA DEL CARMEN GARCÍA
HERNÁNDEZ SOBRE Materias Seguridad Social.
PERSONA QUE SE CITA
GRUPO EXCELTIA SA EN CONCEPTO DE PARTE DEMANDADA EN DICHO
JUICIO.
OBJETO DE LA CITACIÓN
ASISTIR AL ACTO DE JUICIO Y, EN SU CASO, RESPONDER AL INTERROGATORIO SOLICITADO POR Dña. MARIA DEL CARMEN GARCÍA HERNÁNDEZ
SOBRE LOS HECHOS Y CIRCUNSTANCIAS OBJETO DEL JUICIO Y QUE EL TRIBUNAL DECLARE PERTINENTE.
LUGAR Y FECHA EN LA QUE DEBE COMPARECER
EN LA SEDE DE ESTE JUZGADO, SITO EN C/ Princesa 3, Planta 3 - 28008, SALA DE
VISTAS, UBICADA EN LA PLANTA TERCERA, El Día 01/06/2021, A Las 11:30 Horas.

1. Su incomparecencia injustificada no impedirá la celebración del juicio, que continuará sin necesidad de declarar su rebeldía (Art. 83.3 LJS).
Las siguientes comunicaciones se harán en los estrados del Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento (Art. 59 LJS).
2. Debe concurrir a juicio con todos los medios de prueba que intente valerse
(Art. 82.2 LJS).
3. Si pretende comparecer en el juicio asistido de Abogado o representado por Procurador o Graduado Social colegiado debe manifestarlo a este Juzgado por escrito dentro
de los dos días siguientes a la publicación del presente edicto (Art. 21.2 LJS).
4. Si no comparece, y no justifica el motivo de la incomparecencia, el tribunal podrá
considerar reconocidos los hechos controvertidos que le perjudiquen (artículo 304 de la
Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil -LEC-, en relación con el artículo 91 de la LJS), 5.
La publicación de este edicto sirve de citación en legal forma a la parte demandada que se
encuentra en ignorado paradero.
6. La situación existente a consecuencia de la expansión del COVID-19 y los problemas de espacio de que adoloce el edificio de la sede de este juzgado, requiérase a las partes a fin de que comparezcan al acto de juicio de manera puntual y debidamente provistos
de mascarillas de su propiedad, sin los cuales no podrán tener acceso a las sala de vistas, de
conformidad con los protocolos marcados por la “Guía de buenas prácticas para la reactivación de la actividad judicial y adopción de medidas de salud profesional para la prevención de contagios en sedes judiciales” aprobada por el CGPJ consecuencia de la pandemia
del COVID-19, así como las instrucciones que para celebrarse los señalamientos una vez
alzadas las suspensiones de términos procesales se han establecido por el Plan de Reactivación de la Actividad Judicial del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, por el Acuerdo

BOCM-20210518-89

ADVERTENCIAS LEGALES