C) Otras Disposiciones - UNIVERSIDAD REY JUAN CARLOS (BOCM-20210518-31)
Extracto convocatoria subvenciones –  Extracto de la Resolución de 7 de mayo de 2021, del Rector de la Universidad Rey Juan Carlos, por la que se aprueban las bases reguladoras y se hace pública la convocatoria de ayudas a deportistas
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 117

MARTES 18 DE MAYO DE 2021

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de las Administraciones Públicas, dirigido al Vicerrector de Extensión Universitaria, como
órgano responsable de la tramitación de la presente subvención.
Sexto
Otros datos
Junto con el impreso de solicitud se deberá entregar la siguiente documentación:
— Documentación que acredite el cumplimiento del requisito académico citado en el
punto 3 de esta convocatoria.
— Relación de méritos deportivos (solo en aquellos casos en los que se hayan alcanzado
En competiciones externas a la Universidad Rey Juan Carlos y sin representarla).
Séptimo
Adjudicaciones y criterios de selección
El Jurado de Selección será el formado por la Vicerrectora de Extensión Universitaria,
la Vicerrectora de Estudiantes y el Jefe del Servicio de Deportes de la Universidad Rey Juan
Carlos.
Los criterios son los establecidos en el Anexo 1.1 de la convocatoria.
Octavo
Resolución y recursos

BOCM-20210518-31

El señor Rector Magnífico de la Universidad Rey Juan Carlos dictará Resolución de
adjudicación.
Contra dicha Resolución, que agotará la vía administrativa, cabrá interponer recurso
contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de
Madrid, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la notificación de la citada resolución, según lo dispuesto el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
No obstante, y sin perjuicio de que se pueda ejercitar cualquier otro que se estime procedente, el interesado podrá optar por interponer ante la citada resolución recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que la dicte, en el plazo de un mes contado desde
el su siguiente a su notificación, en cuyo caso no podrá interponer recurso contenciosoadministrativo anteriormente mencionado en tanto no sea resuelto expresamente o se haya
producido desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto, conforme a lo previsto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 2 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Móstoles, a 7 de mayo de 2021.—El Rector de la Universidad Rey Juan Carlos, Javier
Ramos López.
(03/16.973/21)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791