B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y JUVENTUD (BOCM-20210518-25)
Aspirantes profesores interinos –  Resolución de 5 de mayo de 2021, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se regula la formación de las listas de aspirantes a desempeñar puestos docentes en régimen de interinidad de todos los Cuerpos Docentes no universitarios (Maestros, Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores de Música y Artes Escénicas y Profesores y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño) para el curso escolar 2021-2022
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 117

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 18 DE MAYO DE 2021

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9.4. Información relativa al Certificado del Registro Central de Delincuentes Sexuales.
9.5. Listas extraordinarias.
Décima.—Baja temporal de las listas.
10.1. Baja temporal sin causa justificada de todas las listas.
10.2. Baja temporal en una o varias especialidades. Reincorporación a las listas si solicitó baja temporal de una o varias especialidades en cursos anteriores.
10.3. Baja temporal con causa justificada.
Undécima.—Licencia por asuntos propios
Duodécima.—Causas justificadas de no exclusión de las listas. Causas de exclusión de
las listas.
12.1. Causas justificadas de no exclusión de las listas.
12.2. Causas de exclusión de las listas.
Decimotercera.—Renuncia definitiva a una o varias especialidades.
Decimocuarta.—Colectivos de especial consideración.
Decimoquinta.—Tramitación de solicitudes o alegaciones.
15.1. Presentación de forma telemática.
15.2. Presentación de forma presencial.
Decimosexta.—Actuación mediante representante.
Decimoséptima.—Información por Internet.
Decimoctava.—Norma final.
Anexo I.—Titulaciones para el desempeño de puestos en régimen de interinidad.
Anexo II.—Baremo para la valoración de méritos de los integrantes de las listas para
la provisión de plazas en régimen de interinidad.
Anexo III.—Solicitud de baja temporal con causa justificada/Reincorporación: Listas
de interinos de los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Técnicos
de Formación Profesional, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores de Música y Artes Escénicas y Profesores y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño.
Anexo IV.—Solicitud de baja temporal con causa justificada/Reincorporación: Listas
de interinos del Cuerpo de Maestros.
Anexo V.—Formulario de Alegaciones.
Anexo VI.—Formulario de otorgamiento de representación.

La Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública de la Comunidad de Madrid, establece en su artículo 3 que es de aplicación a todo el personal al servicio de la Administración Regional, si bien podrán dictarse normas específicas para adecuarla a las peculiaridades del personal docente.
Una de las singularidades del personal docente es la necesidad de establecer un sistema de selección de aspirantes a desempeñar puestos docentes en régimen de interinidad que
compagine los principios constitucionales de igualdad, mérito, capacidad y publicidad, con
la necesidad y urgencia en la cobertura de estos puestos. Para lograrlo, el Consejo de Gobierno adoptó los siguientes acuerdos:
— Acuerdo de 10 de mayo de 2016, por el que se aprobó expresa y formalmente el
Acuerdo de 3 de mayo de 2016, de la Mesa General de Negociación del Personal
Funcionario, por el que se ratifica el Acuerdo de 11 de marzo de 2016, de la Mesa
Sectorial de Personal Docente no Universitario, sobre selección de candidatos a ocupar puestos docentes en régimen de interinidad, composición y ordenación de las listas de funcionarios interinos docentes en el ámbito de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, del 12 de mayo de 2016).
— Acuerdo de 9 de enero de 2018 por el que se aprobó expresa y formalmente el
Acuerdo de 15 de diciembre de 2017, de la Mesa General de Negociación del Personal Funcionario, por el que se ratifica el Acuerdo de 21 de junio de 2017, de la
Mesa Sectorial de Personal Docente no Universitario de la Comunidad de Madrid,
para la mejora de las condiciones de trabajo de los funcionarios docentes (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, del 17 de enero de 2018).
En virtud de lo anteriormente expuesto, y en uso de las competencias que tiene atribuidas esta Dirección General de Recursos Humanos por el artículo 18 del Decreto 288/2019,

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