B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA (BOCM-20210517-1)
Puesto libre designación –  Orden 159/2021, de 5 de mayo, de la Consejería de Presidencia, por la que se aprueba convocatoria pública para la provisión de un puesto de trabajo de carrera de naturaleza laboral, denominado “Conductor de Alto Cargo”, por el sistema de Libre Designación
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 116

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 17 DE MAYO DE 2021

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registros electrónicos previstos en el artículo 16.4.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
2. Para la presentación de la solicitud por medios electrónicos, es necesario disponer
de uno de los certificados electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica, que
sean operativos en la Comunidad de Madrid y expedidos por prestadores incluidos en la
“Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación” o cualquier otro sistema de
firma electrónica que la Comunidad de Madrid considere válido en los términos y condiciones que se establezcan específicamente para cada tipo de firma.
3. La documentación a aportar junto con la solicitud será la establecida en el Anexo II.
A efectos de acreditar el perfil profesional requerido para los puestos que figuran en el
Anexo I, los interesados acompañarán su solicitud con la siguiente documentación:
— Certificado de cumplimiento de requisitos mínimos conforme al Anexo III de la
convocatoria, que deberá ir firmado por el titular de la Secretaría General Técnica, Subdirección General de Personal o responsable de personal de la Consejería,
Organismo o Ente en el que preste servicios.
— Servicios prestados en la Comunidad de Madrid u otras Administraciones Públicas: certificado acreditativo de los períodos trabajados, funciones así como de la
categoría profesional en la que han sido prestados aquellos, que deberá ir firmado
por el titular de la Secretaría General Técnica, Subdirección General de Personal
o responsable de personal de la Consejería, Organismo o Ente en el que haya prestado servicios, si se trata de experiencia adquirida en la Comunidad de Madrid, así
como por el órgano que tenga asumidas las competencias correspondientes cuando se trate de otras Administraciones Públicas.
— Certificado de funciones desempeñadas en la categoría profesional en la que se
preste o se haya prestado servicios, con indicación de las funciones desempeñadas
y períodos trabajados, expedido por el titular de la Secretaría General Técnica,
Subdirección General de Personal o responsable de personal de la Consejería, Organismo o Ente en el que preste o haya prestado servicios.
4. Conforme a lo previsto en el artículo 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se requerirá al interesado para que, en un plazo de diez días, subsane la falta o acompañe los documentos
preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, previa Resolución.
Finalizado el plazo anterior, se publicarán en la página web de la Comunidad de
Madrid y en los tablones de anuncios de la sede de la Consejería de Presidencia, los listados provisionales de admitidos y excluidos en el procedimiento, con indicación de las causas que, en su caso dan lugar a la exclusión, concediéndose un plazo de diez días hábiles
para la presentación de alegaciones. Transcurrido el citado plazo, se publicarán en los mismos medios los listados definitivos de admitidos y excluidos.
5. A efectos del cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos
digitales y artículo 5 del Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta
al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento General de Protección de Datos), los datos contenidos en la solicitud serán objeto de tratamiento automatizado por la Consejería de Presidencia para el desarrollo del proceso selectivo, siendo su cumplimentación obligatoria para
la admisión a este proceso.
Base quinta
El sistema de provisión del puesto será el de Libre Designación, de forma que el titular
de la Consejería, o del Órgano en el que haya delegado, seleccionará libre y discrecionalmente al candidato de entre los que reúnan el perfil y requisitos establecidos en el Anexo I
de las bases de esta convocatoria.

BOCM-20210517-1

Sistema de provisión