A Coruña número 5 (BOCM-20210517-199)
Procedimiento 220/2021
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 116

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 17 DE MAYO DE 2021

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
199

A CORUÑA NÚMERO 5
EDICTO

D/Dª Eva Ortiz Suárez, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social
nº 5 de A CORUÑA.
Hago saber: Que en el procedimiento Pieza de Medidas Cautelares 220 /2021 de este
Juzgado de lo Social, seguido a instancia de D/Dª José María Tenreiro Eiranova contra Alu
Ibérica LC, S.L., Fogasa, Grupo Industrial Riesgo (PM MR 1886, S.L.), Alu Holding Ac
Spain, S.L., System Capital Management, S.L.( Iberian Green Aluminum Company, S.L ),
Grupo Alcoa Inespal, S.L., Parter Capital Group AG, se ha dictado la siguiente resolución:
Diligencia de Ordenación
Letrado de la Administración de Justicia Sr/Sra D/Dª. Eva Ortiz Suarez
En A CORUÑA, a tres de mayo de dos mil veintiuno.
Dada cuenta, en anterior escrito, recibido con esta fecha en el correo electrónico de
este Juzgado, de la letrada Alejandra Romero López, personándose en nombre de la empresa Iberian Green Aluminum Company, S.L.(anteriormente denominada System Capital
Manegement, S.L.), mediante copia de poder que acompaña, únase, dese copia a las demás
partes y se le tiene por personada en nombre la empresa indicada, entendiéndose con ella
las sucesivas actuaciones; asimismo, dese traslado a dicha parte de copia de la demanda
presentada, copia del decreto de admisión a trámite de la demanda así como copia de las diligencias de ordenación de fechas 5 de abril de 2021 y 29 de abril de 2021 a los efectos procedentes.
Visto el contenido del acta de esta fecha, conforme a lo en ella acordado, se acuerda la
suspensión de la vista señalada para esta fecha a las 13:00 horas, quedando fijado el nuevo señalamiento de la vista de las presentes medidas cautelares para el próximo 24/05/2021 a las
12:30 horas, quedando citadas las partes mediante la notificación de la presente resolución.
Dado el volumen de la prueba documental ya aportada o que se pretenda aportar, se requiere a las partes para que con antelación a la fecha señalada procedan, por sus propios medios, a darse traslado previo y recíproco de toda la documental que pretendan aportar al acto
de juicio.

Finalmente, conforme a lo acordado en los presentes autos, cítese, para el día y hora
señalado arriba, a las empresas Grupo Industrial Riesgo(PM MR 1886, S.L) y Alu Holding
AC Spain, S.L. a través de la notificación de la presente resolución por medio de edictos
que se fijarán en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, con la advertencia de que
las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento
(art. 59 LJS)
Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en
el artículo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las
partes o interesados, y en su caso los profesionales designados, señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin, surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intenta-

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Por otra parte, se le hace saber a la parte actora que los intentos de comunicación con
la empresa demandada Parter Capital Group AG, domiciliada en Suiza, han resultado infructuosos, requiriéndose a la parte actora para que en el plazo de tres días manifieste si desiste respecto de dicha demandada o, en su caso, inste lo que a su derecho convenga.