Móstoles número 1 (BOCM-20210517-192)
Procedimiento 1077/2019
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 116

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 17 DE MAYO DE 2021

Pág. 383

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
192

MÓSTOLES NÚMERO 1
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

DOÑA MARÍA VICTORIA ESTEBAN DELGADO, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social n.º 1 de Móstoles.
Hago saber: Que en el procedimiento 1077/2019 de este Juzgado de lo Social, seguido
a instancia de DOÑA ALEJANDRA ARRANZ HERRADOR frente a FOGASA y REGALO SOLIDARIO, S. L., sobre procedimiento ordinario se ha dictado la siguiente resolución:
FALLO
Estimar parcialmente la demanda de reclamación de cantidad interpuesta por doña
Alejandra Arranz Herrador contra Regalo Solidario, S. L., declarando que la demandante
ha realizado funciones de maestra desde el inicio de la relación laboral hasta la extinción,
condenando a Regalo Solidario, S. L., a abonar a la demandante la cantidad de 10.617 euros
brutos más el 10% de interés por mora.
Debo absolver y absuelvo al Fondo de Garantía Salarial sin perjuicio de lo establecido en el artículo 33 del Estatuto de los Trabajadores.
No procede hacer especial pronunciamiento en cuanto a las costas.
Notifíquese esta resolución a las partes, advirtiéndoles que pueden recurrir en Suplicación
ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de cinco días
hábiles a contar del siguiente a la notificación, por medio de comparecencia o por escrito, siendo indispensable si el recurrente no ostenta el carácter de trabajador y no goza del beneficio de
justicia gratuita que presente resguardo acreditativo de haber ingresado, en impreso separado,
el total al que se le condena y sin cuyo requisito no se tendrá por anunciado el recurso; y al
mismo tiempo para su formalización deberá presentar resguardo de ingreso del depósito
especial de 300 euros, ambos en la cuenta abierta a tal efecto en el Banco Santander,
IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274, y número cuenta expediente 2850-0000-00-1077-19,
y sin cuyo requisito no podrá tenerse en cuenta el recurso y quedará firme la sentencia.
La presente resolución judicial, la pronuncia, manda y firma Don Francisco Juan Sánchez Delgado, Magistrado del Juzgado de lo Social número 1 de Móstoles, en nombre de
su Majestad el Rey.

La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que
ha sido dictada sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.
Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes.

BOCM-20210517-192

Publicación.—Leída y publicada ha sido la anterior sentencia en el día de su fecha por
don Francisco Juan Sánchez Delgado, Magistrado del Juzgado de lo Social número 1 de
Móstoles y de su partido judicial que la suscribe, estando celebrando Audiencia Pública. Se incluye original de esta resolución en el libro de Sentencias, poniendo en los autos certificación
literal de la misma y se remite a cada una de las partes un sobre por correo certificado con
acuse de recibo, conteniendo copia de ella, conforme a lo dispuesto en los artículos 56 a 60 de
la Ley 36/2011 de 10 de Octubre reguladora de la jurisdicción social. Doy fe.