Móstoles número 1 (BOCM-20210517-190)
Ejecución 62/2021
Página 1 Pág. 1
1 página en total
BOCM
B.O.C.M. Núm. 116

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 17 DE MAYO DE 2021

Pág. 381

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
190

MÓSTOLES NÚMERO 1
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MARIA VICTORIA ESTEBAN DELGADO LETRADO/A DE LA ADMON. DE
JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 1 de Móstoles.
HAGO SABER: Que en el procedimiento de ejecución 62/2021-V, de este juzgado de
lo Social, seguido a instancia de D./Dña. ROSA MARIA AYUSO RODRIGUEZ y D./Dña.
MARIA TERESA RODRIGUEZ AYUSO frente a CENTRO INFANTIL TOBOGAN SL
sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado Auto y Decreto, cuya parte dispositiva es
la siguiente:
PARTE DISPOSITIVA
Despachar orden general de ejecución de sentencia a favor de la parte ejecutante,
D./Dña. MARIA TERESA RODRIGUEZ AYUSO y D./Dña. ROSA MARIA AYUSO
RODRIGUEZ, frente a la demandada CENTRO INFANTIL TOBOGAN SL, parte ejecutada, por un principal de 100.208,17 euros (56.280,27 euros para Rosa María Ayuso, más
43.927,9 euros para Mª Teresa Ayudo), más 17.035,38 euros de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.
Notifíquese la presente resolución a las partes.
MODO DE IMPUGNACION.- Mediante recurso de REPOSICION ante este Juzgado
dentro de los TRES días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar
las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución, podrá deducirse oposición en
los términos previstos en el art. 239.4 LJS., debiendo el recurrente que no sea trabajador beneficiario del Régimen de la Seguridad social ingresar la cantidad de 25 Euros en la cuenta de
este Juzgado abierta en la Entidad BANCO DE SANTANDER 2850-0000 64-0062-21.
PARTE DISPOSTIVA
En orden a dar efectividad a la orden general de ejecución, acuerdo:
Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que en QUINCE DIAS
puedan designar la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba, advirtiéndoles que de no
ser así se procederá a dictar decreto de insolvencia provisional en la presente ejecución.
Notifíquese la presente resolución a las partes.
MODO DE IMPUGNACION: Contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en el plazo de TRES DIAS desde su notificación.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Móstoles, a catorce de abril de dos mil veintiuno.
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/14.222/21)

http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791

BOCM-20210517-190

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a CENTRO INFANTIL
TOBOGAN SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin
Oficial de la Comunidad de Madrid.