Madrid número 39 (BOCM-20210517-181)
Ejecución 168/2020
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 116

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 17 DE MAYO DE 2021

Pág. 367

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
181

MADRID NÚMERO 39
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MARGARITA MARTÍNEZ GONZÁLEZ LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE
JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 39 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento 168/2020 de este juzgado de lo Social, seguido
a instancia de D./Dña. RIGOBERTO VIVAS VIVAS, D./Dña. WALTER VELASCO HERRERA, D./Dña. ROLANDO JOSE BOLIVAR y D./Dña. SANTOS NORBERTO ANDREWS LOBO frente a FONDO DEGARANTIA SALARIAL y MANTENIMIENTOS
INTEGRALES POLO GARCIA S.L sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado
auto y decreto de fecha 17-12-20 con la parte dispositiva siguiente:
“PARTE DISPOSITIVA
Despachar orden general de ejecución de sentencia a favor de la parte ejecutante, D./Dña.
WALTER VELASCO HERRERA, D./Dña. ROLANDO JOSE BOLIVAR, D./Dña. RIGOBERTO VIVAS VIVAS y D./Dña. SANTOS NORBERTO ANDREWS LOBO, frente a la
demandada MANTENIMIENTOS INTEGRALES POLO GARCIA S.L, parte ejecutada, por
un principal de 25.734,89 euros, más 2.573 euros y otros 2.573 euros, de intereses y costas
calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación. Corresponde a cada
uno de los trabajadores las siguientes cantidades en concepto de principal:
D. Walter Velasco Herrera.
6.680,96 euros + 2.250,08 euros + 225 euros: 9.156,04 euros.
D. Santos Norberto Andrews Lobo.
3.440,74 euros + 2.231,69 euros + 223 euros: 5.895,43 euros.
D. Rolando José Bolívar.
4.842,53 euros + 2.231,69 euros + 223 euros: 7.297,22 euros.
D. Rigoberto Vivas Vivas.
790,02 euros + 2.360,18 euros + 236 euros: 3.386,20 euros.
Notifíquese la presente resolución a las partes.
MODO DE IMPUGNACION.- Mediante recurso de REPOSICION ante este Juzgado
dentro de los TRES días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar
las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución, podrá deducirse oposición
en los términos previstos en el art. 239.4 LJS., debiendo el recurrente que no sea trabajador
beneficiario del Régimen de la Seguridad social ingresar la cantidad de 25 Euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la Entidad BANCO SANTANDER 4283-0000-64-0168-20.

D./Dña. MARIA LUZ RICO RECONDO.
EL MAGISTRADO-JUEZ”
“PARTE DISPOSITIVA
En orden a dar efectividad a la orden general de ejecución, acuerdo:
- REQUERIR a MANTENIMIENTOS INTEGRALES POLO GARCIA S.L, a fin de
que en el plazo de cinco días manifieste relacionadamente bienes y derechos suficientes
para cubrir la cuantía de la ejecución. Deberá manifestar dicha relación con la precisión ne-

BOCM-20210517-181

Así, por este su Auto, lo acuerda, manda y firma, el Ilmo. Sr. Magistrado - Juez