Madrid número 6 (BOCM-20210517-98)
Ejecución 163/2020
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 116

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 17 DE MAYO DE 2021

Pág. 257

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
98

MADRID NÚMERO 6
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. Raquel Paz García de Mateos, letrado/a de la Admón. de Justicia del Juzgado de lo
Social nº 6 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento 163/2020 de este juzgado de lo Social, seguido
a instancia de D./Dña. ROSA MARLENE MALES CUÑAS frente a D./Dña. ISABEL
SÁENZ DE BURUAGA SAURA sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:
Se declara extinguida la relación laboral que unía a Dña. MARLENE MALES CUÑAS con Dña. ISABEL SÁENZ DE BURUAGA SAURA condenando a esta última al abono a la actora de las siguientes cantidades en concepto de indemnización y salarios de tramitación: Indemnización: 703,32 euros y Salarios de tramitación 1.675,8 euros.
Modo de impugnación: mediante recurso de reposición ante este Juzgado dentro de los
tres días hábiles siguientes al de su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 Euros en la cuenta de
este Juzgado abierta en la entidad BANCO SANTANDER; para pagos por transferencia
IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274 con el concepto 2504-0000-64-0163-20 y para pagos en ventanilla 2504-0000-64-0163-20.
Así, por este su Auto, lo acuerda, manda y firma, el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez.
D./Dña. ISABEL SáNCHEZ PEÑA.
EL MAGISTRADO-JUEZ
Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación a los
interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 L.R.J.S.
Doy fe.
Y para que sirva de notificación en legal forma a D./Dña. ISABEL SÁENZ DE BURUAGA SAURA, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a diecinueve de abril de dos mil veintiuno.
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

BOCM-20210517-98

(03/14.233/21)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791