D) Anuncios - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA (BOCM-20210514-17)
Convenio –  Convenio de 28 de abril de 2021, entre la Comunidad de Madrid y la Fundación del Toro de Lidia, para la puesta en marcha de la Fiesta del Toro de la Comunidad de Madrid, durante los años 2021 y 2022
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 114

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 14 DE MAYO DE 2021

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Madrid procederá a su validación, emitiendo el correspondiente certificado de conformidad. La Comunidad de Madrid, a través del Centro de Asuntos Taurinos, en el plazo máximo de un mes a contar desde la emisión del citado certificado de validación, procederá al
pago de los gastos justificados por la Fundación que correspondan a la Comunidad de
Madrid, hasta el máximo del 30 % (270.000 euros) de la aportación prevista en la cláusula
quinta.
La Fundación presentará, antes del 30 de noviembre de 2021, la documentación justificativa de los gastos efectuados durante 2021, que no hayan sido ya previamente justificados y objeto aún de abono, incorporando las correspondientes facturas de todos ellos.
La Comunidad de Madrid, a través del Centro de Asuntos Taurinos, antes del 31 de diciembre de 2021, y previa validación de los gastos justificados por parte del Centro de
Asuntos Taurinos de la Comunidad de Madrid, mediante el correspondiente certificado de
conformidad, procederá al pago de los que correspondan a la Comunidad de Madrid, hasta
el máximo del 20 % (180.000 euros) de la aportación prevista en la cláusula quinta, que podrá incluir además la parte sobrante del 30% inicial correspondiente al primer pago que no
se hubiera podido justificar inicialmente y que se haya justificado antes del 30 de noviembre de 2021.
Dentro del primer semestre de 2022, la Fundación presentará la certificación de los
gastos efectuados durante dicho período de 2022, así como de los realizados durante 2021
que hubieran quedado pendientes de pago, incorporando las correspondientes facturas, que
será validada por el Centro de Asuntos Taurinos de la Comunidad de Madrid, emitiendo el
correspondiente certificado de conformidad.
La Comunidad de Madrid, dentro del plazo de un mes desde la emisión del citado certificado de validación, procederá al pago de los gastos justificados de 2022 y de aquellos
de 2021 que hubieran quedado pendientes de pago, que correspondan a la Comunidad de
Madrid, hasta completar, si procede, el porcentaje total restante de la aportación de la Comunidad de Madrid prevista en la cláusula quinta.
La Fundación queda obligada a destinar los fondos que la Consejería de Presidencia le
aporte a la cobertura del conjunto de las actuaciones amparadas en el presente Convenio, y
acreditarlo debidamente.
Si la documentación presentada no justifica debidamente el importe total concedido,
procederá el reintegro de las cantidades percibidas indebidamente o no justificadas y la exigencia del interés de demora correspondiente desde el momento del pago hasta la fecha en
que se acuerde la procedencia del reintegro.
Séptima
Duración y causas de resolución
El presente Convenio tendrá vigencia desde la fecha de su firma y hasta el 31 de diciembre de 2022.
No obstante, la resolución de este Convenio, además de por el transcurso del tiempo
establecido, tendrá lugar por las causas previstas en el artículo 51 de la Ley 40/2015, de 1
de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y en particular, por las siguientes:
— El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno de los firmantes.
— Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del Convenio.
Octava
Para disponer de un mecanismo de seguimiento, vigilancia y control del efectivo cumplimiento del Convenio y de los compromisos adquiridos, se creará una Comisión de Seguimiento que se regirá por las normas propias de los órganos colegiados establecidas en la
sección tercera del Capítulo II del Título Preliminar de la Ley 40/ 2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público.
Cada una de las partes designará para la Comisión dos miembros permanentes. La representación autonómica estará formada por un representante de la Consejería de Presidencia y un representante del Centro de Asuntos Taurinos.
La Comisión se reunirá con la frecuencia que determinen sus miembros y se encargará de realizar un seguimiento de los compromisos derivados del presente Convenio, así
como de los efectos, evolución y objetivos conseguidos.

BOCM-20210514-17

Comisión de Seguimiento