D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA Y TURISMO (BOCM-20210513-45)
Delimitación bien de interés cultural – Resolución de 28 de abril de 2021, de la Dirección General de Patrimonio Cultural de la Comunidad de Madrid, por la que se incoa el expediente de delimitación del entorno de protección del Palacio de Bauer (Escuela Superior de Canto y Sociedad de Amigos de la Música), en Madrid, declarado monumento histórico-artístico
3 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
B.O.C.M. Núm. 113
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 13 DE MAYO DE 2021
Pág. 131
ANEXO
DELIMITACIÓN DEL ENTORNO DE PROTECCIÓN
DEL PALACIO DE BAUER, EN MADRID
A. Justificación del entorno de protección
La declaración del entorno de protección del bien de interés cultural se fundamenta en
la protección del monumento en su consideración de hito cultural e histórico para su puesta en valor, para velar por la adecuación de las futuras intervenciones urbanísticas y arquitectónicas, y para evitar la alteración de los valores ambientales asociados a la percepción
del monumento, así como las posibles perturbaciones de su correcta visualización. La declaración de este entorno persigue en definitiva la correcta protección, percepción y comprensión cultural del bien declarado.
B. Descripción literal del entorno
Parcelas catastrales incluidas en el entorno de protección:
— Manzana 01539, parcelas 04, 05, 06, 07, 08, 09.
— Manzana 01536, parcelas 01, 10, 11, 12 parcialmente.
— Manzana 01528, parcela 01 parcialmente.
— Manzana 01523, parcela 01.
— Manzana 00524, parcela 04 parcialmente.
— Manzana 00533, parcelas 05 y 06 parcialmente.
Espacios públicos incluidos en el entorno de protección:
— Calle San Bernardo del número 40 al 48, entre la Travesía de las Pozas y la calle de
la Manzana.
— Calle de las Pozas del número 2 hasta el 10, entre la calle de Tesoro y la calle del Pez.
— Calle de los Reyes, parte final.
— Calle del Pez, parte inicial desde la calle San Bernardo.
El entorno incluye parcialmente las calles de San Bernardo, del Pez, de las Pozas y de
los Reyes, que rodean al palacio, por ser espacios públicos desde donde se contempla directamente el monumento. Se incluyen tanto los espacios públicos como las edificaciones
que conforman la perspectiva desde las calles. Las parcelas catastrales que se incluyen completas o parcialmente son las que rodean al monumento y por tanto constituyen una parte
importante en la correcta percepción del mismo.
De los grandes edificios institucionales de la calle San Bernardo se incluyen solamente las partes próximas al Palacio de Bauer, en las que las actuaciones que se realizaran pudieran afectar a su percepción.
La percepción del monumento desde la calle San Bernardo afecta de la manzana 00533
a las parcelas 05, 06; de la manzana 00524 a la parcela 04, de la manzana 01523 a la parcela 01, de la manzana 01539 a las parcelas 08, 09.
La percepción desde la calle del Pez afecta de la manzana 01539 a las parcelas 05, 06, 07;
de la manzana 01528 a la parcela 01; de la manzana 01523 a la parcela 01.
La percepción desde la calle de las Pozas afecta de la manzana 01539 a las parcelas 04, 05, 06, 07; de la manzana 01536 a las parcelas 01, 10, 11, 12.
La percepción desde la calle de los Reyes afecta de la manzana 00524 a la parcela 04,
de la manzana 00533 a la parcela 05.
La inclusión de estas parcelas, que afectan directamente a la percepción del monumento, tiene como objetivo que futuras actuaciones que puedan llevarse a cabo en fachadas y
volúmenes, hayan de ser autorizadas por esta Dirección General de Patrimonio Cultural
conforme a lo establecido en la normativa vigente.
D. Plano de delimitación del entorno
Se adjunta plano de delimitación del monumento y su entorno de protección.
BOCM-20210513-45
C. Justificación de la extensión del entorno de protección
B.O.C.M. Núm. 113
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 13 DE MAYO DE 2021
Pág. 131
ANEXO
DELIMITACIÓN DEL ENTORNO DE PROTECCIÓN
DEL PALACIO DE BAUER, EN MADRID
A. Justificación del entorno de protección
La declaración del entorno de protección del bien de interés cultural se fundamenta en
la protección del monumento en su consideración de hito cultural e histórico para su puesta en valor, para velar por la adecuación de las futuras intervenciones urbanísticas y arquitectónicas, y para evitar la alteración de los valores ambientales asociados a la percepción
del monumento, así como las posibles perturbaciones de su correcta visualización. La declaración de este entorno persigue en definitiva la correcta protección, percepción y comprensión cultural del bien declarado.
B. Descripción literal del entorno
Parcelas catastrales incluidas en el entorno de protección:
— Manzana 01539, parcelas 04, 05, 06, 07, 08, 09.
— Manzana 01536, parcelas 01, 10, 11, 12 parcialmente.
— Manzana 01528, parcela 01 parcialmente.
— Manzana 01523, parcela 01.
— Manzana 00524, parcela 04 parcialmente.
— Manzana 00533, parcelas 05 y 06 parcialmente.
Espacios públicos incluidos en el entorno de protección:
— Calle San Bernardo del número 40 al 48, entre la Travesía de las Pozas y la calle de
la Manzana.
— Calle de las Pozas del número 2 hasta el 10, entre la calle de Tesoro y la calle del Pez.
— Calle de los Reyes, parte final.
— Calle del Pez, parte inicial desde la calle San Bernardo.
El entorno incluye parcialmente las calles de San Bernardo, del Pez, de las Pozas y de
los Reyes, que rodean al palacio, por ser espacios públicos desde donde se contempla directamente el monumento. Se incluyen tanto los espacios públicos como las edificaciones
que conforman la perspectiva desde las calles. Las parcelas catastrales que se incluyen completas o parcialmente son las que rodean al monumento y por tanto constituyen una parte
importante en la correcta percepción del mismo.
De los grandes edificios institucionales de la calle San Bernardo se incluyen solamente las partes próximas al Palacio de Bauer, en las que las actuaciones que se realizaran pudieran afectar a su percepción.
La percepción del monumento desde la calle San Bernardo afecta de la manzana 00533
a las parcelas 05, 06; de la manzana 00524 a la parcela 04, de la manzana 01523 a la parcela 01, de la manzana 01539 a las parcelas 08, 09.
La percepción desde la calle del Pez afecta de la manzana 01539 a las parcelas 05, 06, 07;
de la manzana 01528 a la parcela 01; de la manzana 01523 a la parcela 01.
La percepción desde la calle de las Pozas afecta de la manzana 01539 a las parcelas 04, 05, 06, 07; de la manzana 01536 a las parcelas 01, 10, 11, 12.
La percepción desde la calle de los Reyes afecta de la manzana 00524 a la parcela 04,
de la manzana 00533 a la parcela 05.
La inclusión de estas parcelas, que afectan directamente a la percepción del monumento, tiene como objetivo que futuras actuaciones que puedan llevarse a cabo en fachadas y
volúmenes, hayan de ser autorizadas por esta Dirección General de Patrimonio Cultural
conforme a lo establecido en la normativa vigente.
D. Plano de delimitación del entorno
Se adjunta plano de delimitación del monumento y su entorno de protección.
BOCM-20210513-45
C. Justificación de la extensión del entorno de protección