Madrid número 45 (BOCM-20210512-139)
Procedimiento 53/2021
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 112
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 12 DE MAYO DE 2021
Pág. 419
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
139
MADRID NÚMERO 45
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D./Dña. JUAN MIGUEL COLLADO BOYER LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 45 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento 53/2021 de este juzgado de lo Social, seguido a
instancia de la parte demandante frente a RESIDENCIAL ALSEAN SL sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado la siguiente resolución
FALLO
Que estimando la demanda interpuesta por la parte demandante contra LA EMPRESA
RESIDENCIAL ALSEAN S.L y siendo parte FOGASA, que no comparecen pese a estar
citados en legal forma, debo declarar como salarios las cantidades percibidas y no cotizadas en las cuantías y periodos siguientes:
- La cantidad mensual de 2.127 euros durante el año 2016 (frente a la reconocida
de 1.277,01 euros).
- La cantidad de 2.121 euros durante los meses de noviembre y de diciembre de 2018
(frente a la reconocida de 1.221,80 euros).
- La cantidad 2.121,80 euros durante los meses de febrero, marzo, abril, junio, julio, y
septiembre de 2019 (frente a la reconocida de 1.221,80 euros) y la cantidad 1.820 euros el
mes agosto de 2019 (cotizada 1221,80 euros).
En cuanto al FOGASA habrá de estar y pasar por esta declaración.
Contra la citada resolución cabe anunciar recurso de suplicación en un plazo de CINCO DIAS HABILES desde su notificación.
La citada resolución se halla a disposición de la parte demandada en la Secretaría de
este Juzgado.
Este edicto cumple los criterios de protección de datos de carácter personal en el ámbito de la Administración de Justicia establecidos en los artículos 236 bis y siguientes de la
LOPJ y de la Instrucción 6/2012 de la Secretaría General de la Administración de Justicia,
relativa a la publicación de edictos en diarios y Boletínes oficinales y la protección de datos.
Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a RESIDENCIAL ALSEAN SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial
de la Comunidad de Madrid.
En Madrid, a trece de abril de dos mil veintiuno.
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/13.583/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20210512-139
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
B.O.C.M. Núm. 112
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 12 DE MAYO DE 2021
Pág. 419
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
139
MADRID NÚMERO 45
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D./Dña. JUAN MIGUEL COLLADO BOYER LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 45 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento 53/2021 de este juzgado de lo Social, seguido a
instancia de la parte demandante frente a RESIDENCIAL ALSEAN SL sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado la siguiente resolución
FALLO
Que estimando la demanda interpuesta por la parte demandante contra LA EMPRESA
RESIDENCIAL ALSEAN S.L y siendo parte FOGASA, que no comparecen pese a estar
citados en legal forma, debo declarar como salarios las cantidades percibidas y no cotizadas en las cuantías y periodos siguientes:
- La cantidad mensual de 2.127 euros durante el año 2016 (frente a la reconocida
de 1.277,01 euros).
- La cantidad de 2.121 euros durante los meses de noviembre y de diciembre de 2018
(frente a la reconocida de 1.221,80 euros).
- La cantidad 2.121,80 euros durante los meses de febrero, marzo, abril, junio, julio, y
septiembre de 2019 (frente a la reconocida de 1.221,80 euros) y la cantidad 1.820 euros el
mes agosto de 2019 (cotizada 1221,80 euros).
En cuanto al FOGASA habrá de estar y pasar por esta declaración.
Contra la citada resolución cabe anunciar recurso de suplicación en un plazo de CINCO DIAS HABILES desde su notificación.
La citada resolución se halla a disposición de la parte demandada en la Secretaría de
este Juzgado.
Este edicto cumple los criterios de protección de datos de carácter personal en el ámbito de la Administración de Justicia establecidos en los artículos 236 bis y siguientes de la
LOPJ y de la Instrucción 6/2012 de la Secretaría General de la Administración de Justicia,
relativa a la publicación de edictos en diarios y Boletínes oficinales y la protección de datos.
Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a RESIDENCIAL ALSEAN SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial
de la Comunidad de Madrid.
En Madrid, a trece de abril de dos mil veintiuno.
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/13.583/21)
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ISSN 1989-4791
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Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.