Alicante número 1 (BOCM-20210512-147)
Procedimiento 481/2017
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 112

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 12 DE MAYO DE 2021

Pág. 429

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
147

ALICANTE NÚMERO 1
EDICTO

JOSÉ AGUSTÍN RIFÉ FERNÁNDEZ-RAMOS, letrado de la Administración de justicia del
Juzgado de lo social número uno de Alicante.
Por medio del presente edicto hace saber: Que en el procedimiento que se sigue en este
Juzgado de lo Social con el nº 481/2017 por Cantidades instado por IÑIGO VEGA URDANGARIN frente a DENTAL GRUPO HOSPITALARIO ODONTOLÓGICO SL,
MAXDUELL GRAN S.L., WESTON HILL CAPITAL, SL, WESTON HILL INVESTMENT SL, WESTON HILL ASSET MANAGEMENT SL, SYSTHEX IBERIA SL, UCS
ALDENTE, SL, UCSO GESTIONA SL, ESPARTANOS REFORMAS, SL, RAMDOM
CORP SL, MEDIACAL GLOBAL INVESTIMENTS, SL, ERNEST AND YOUNG ABOGADOS, S.L.P., DENTAL GLOBAL MANAGEMENT SL, IFACTORY GLOBAL LAB
SL, UCS GLOBAL TRAINING SL(antes DENTAL GLOBAL TRAINING SL), ICLINIC
GESTORIA DENTAL SL, PROYECTO NEO CONCEPT SL, FOGASA y IFACTORY
LABORATORIO SL se ha dictado sentencia de fecha 17/03/2021, cuya parte dispositiva
es del tenor literal siguiente:
“FALLO:
Estimandola demanda presentada por Diobn Íñigo Vega Urdangarín frente a Ifactory
Laboratorio S.L. I Levante Dental Proyecto odontológico S.L.U. Proyecto Neo Concept
S.L., IClinic Gestoría Dental S.L., UCS Global Trainning S.L., antes Dental Global Training S.L., Ifactory Global Lab. SL., Dental Global Management, su administrador concursal Ernest And Ypoung Abogados S.L.P. Mediacal Global Investiments S.L., Random
Corp. S.L., Espartanos Reformas S.L., Ucso Gestiona S.L., UCS Aldente S.L., Systhex iberia S.L., Weston Hill Investment S,.L., Weston Hill Asset Management, Weston Hill Capital S.L., Maxduell Gran S.L. y Dental Grupo Hospitalario Odontológico, condeno a las demandadas solidariamente al abono 4200euros al demandante, más el 10 por 100 de interés
por mora, que asciende a 420 euros.
Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiéndoles que el Recurso procedente contra la misma es el de SUPLICACION, ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de
Justicia de Valencia, anunciándolo en este Juzgado de lo Social, en el término de CINCO
DIAS hábiles a partir del siguiente de notificación de la resolución, debiendo acreditar el
recurrente, excepto el trabajador o el que goce de beneficio de justicia gratuita, haber ingresado la cantidad objeto de condena en la cuenta corriente nº 0111 clave 65 (pudiendo sustituirse la consignación en metálico por el aseguramiento mediante aval bancario conforme
al art. 230 LRJS), con indicación del número de procedimiento, la cantidad objeto de condena, y haber consignado, como depósito en efectivo la suma de 300 Euros. En la cuenta
corriente nº 0111 clave 67, ambas en el SANTANDER sucursal sita en la Avenida Aguilera 37-39-41, Alicante.

Y para que sirva de notificación a las empresas MEDIACAL GLOBAL INVESTIMENTS S.L cuyo paradero actual se desconoce y el último conocido lo fue en C/ SEVERO OCHOA 9B NAVE 7 RIVAS VACIAMADRID CP 28521 MADRID; A LA EMPRESA WESTON HILL ASSET MANAGEMENT S.L con dirección en C/ ALCALÁ 85 3º C
CP 28009 MADRID, A WESTON HILL INVESTMENT S.L CON DIRECCIÓN EN C/
TUCANES 29 URBANIZACIÓN MOLINO DE LA HOZS CP 28232 (LAS ROZAS);
WESTON HILL CAPITAL S.L CON DIRECCIÓN EN TORRE PICASO PLANTA 13
PLAZA PABLO RUIZ PICASSO S/N CP 28020 MADRID; MAXDUELL GRAN S.L

BOCM-20210512-147

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo el Ilmo/a. Sr/a. D/ña. MARIA PILAR MARIN ROJAS, Magistrado/a-Juez del Juzgado de lo Social Nº Uno de Alicante. Firmado y Rubricado. Es copia. EL LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA.