Móstoles (BOCM-20210512-26)
Organización y funcionamiento. Nombramiento y funciones Tenencias de Alcaldía
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 12 DE MAYO DE 2021
B.O.C.M. Núm. 112
d) Solicitud de subvenciones a otras administraciones u organismos públicos
en el ámbito de los asuntos de los Departamentos y Servicios que comprende.
e) Oficios de comunicación a autoridades y organismos públicos en el ámbito de los asuntos de los Departamentos y Servicios que comprende.
f) Formalizar los convenios de patrocinio que se ajusten al contenido del
Convenio-tipo de colaboración empresarial en actividades de interés general (artículo 25 de la Ley 49/2002), en las materias objeto de sus competencias o atribuciones delegadas.
g) La condición de responsable de las actividades de tratamiento de datos
protegidos de carácter personal de su ámbito de delegación cuya responsabilidad no esté atribuida a un órgano concreto de la misma, incluyendo
la emisión de las resoluciones sobre tratamiento, cesión, información, acceso, rectificación, cancelación, oposición, limitación y portabilidad, y la
aprobación, formalización y supervisión de los encargos de tratamiento.
h) Presidencia de la Junta de Distrito 2 (en virtud de lo previsto en el artículo 150
del Reglamento Orgánico, con las atribuciones señaladas en el artículo 151 del
mismo).
2.8. Concejalía de Participación Vecinal y Recursos Humanos.
2.8.1. Titular: don Aitor Perlines Sánchez.
2.8.2. Departamentos o Servicios que comprende:
— Personal.
— Relaciones Sindicales.
— Archivo General.
— Participación Vecinal.
— Coordinación Juntas de Distrito.
— Teléfono Atención Ciudadana 010.
2.8.3. Atribuciones:
a) La gestión, incluida la emisión de actos o resoluciones administrativas
que afecten a terceros, así como la revisión de dichos actos, en el ámbito
de los asuntos de su competencia delegada.
b) Ordenar la publicación, ejecución y cumplimiento de los acuerdos de los
órganos ejecutivos del Ayuntamiento en el ámbito de los asuntos de su
competencia.
c) Orden de expedición y visto bueno de certificaciones de los acuerdos de
órganos unipersonales y documentación obrante en el ámbito de los asuntos de su competencia.
d) Solicitud de subvenciones a otras administraciones u organismos públicos
en el ámbito de los asuntos de su competencia.
e) Oficios de comunicación a autoridades y organismos públicos en el ámbito de los asuntos de su competencia.
f) Formalizar los convenios de patrocinio que se ajusten al contenido del
Convenio-tipo de colaboración empresarial en actividades de interés general (artículo 25 de la Ley 49/2002), en las materias objeto de sus competencias o atribuciones delegadas.
g) La condición de responsable de las actividades de tratamiento de datos
protegidos de carácter personal de su ámbito de delegación cuya responsabilidad no esté atribuida a un órgano concreto de la misma, incluyendo
la emisión de las resoluciones sobre tratamiento, cesión, información, acceso, rectificación, cancelación, oposición, limitación y portabilidad, y la
aprobación, formalización y supervisión de los encargos de tratamiento.
h) Las resoluciones sobre inscripción en el Registro Municipal de Asociaciones Vecinales.
i) Coordinación de las Juntas de Distrito y del teléfono de atención ciudadana 010.
j) Presidente de la Junta de Distrito 1 (en virtud de lo previsto en el artículo
150 del Reglamento Orgánico, con las atribuciones señaladas en el artículo 151 del mismo).
BOCM-20210512-26
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 12 DE MAYO DE 2021
B.O.C.M. Núm. 112
d) Solicitud de subvenciones a otras administraciones u organismos públicos
en el ámbito de los asuntos de los Departamentos y Servicios que comprende.
e) Oficios de comunicación a autoridades y organismos públicos en el ámbito de los asuntos de los Departamentos y Servicios que comprende.
f) Formalizar los convenios de patrocinio que se ajusten al contenido del
Convenio-tipo de colaboración empresarial en actividades de interés general (artículo 25 de la Ley 49/2002), en las materias objeto de sus competencias o atribuciones delegadas.
g) La condición de responsable de las actividades de tratamiento de datos
protegidos de carácter personal de su ámbito de delegación cuya responsabilidad no esté atribuida a un órgano concreto de la misma, incluyendo
la emisión de las resoluciones sobre tratamiento, cesión, información, acceso, rectificación, cancelación, oposición, limitación y portabilidad, y la
aprobación, formalización y supervisión de los encargos de tratamiento.
h) Presidencia de la Junta de Distrito 2 (en virtud de lo previsto en el artículo 150
del Reglamento Orgánico, con las atribuciones señaladas en el artículo 151 del
mismo).
2.8. Concejalía de Participación Vecinal y Recursos Humanos.
2.8.1. Titular: don Aitor Perlines Sánchez.
2.8.2. Departamentos o Servicios que comprende:
— Personal.
— Relaciones Sindicales.
— Archivo General.
— Participación Vecinal.
— Coordinación Juntas de Distrito.
— Teléfono Atención Ciudadana 010.
2.8.3. Atribuciones:
a) La gestión, incluida la emisión de actos o resoluciones administrativas
que afecten a terceros, así como la revisión de dichos actos, en el ámbito
de los asuntos de su competencia delegada.
b) Ordenar la publicación, ejecución y cumplimiento de los acuerdos de los
órganos ejecutivos del Ayuntamiento en el ámbito de los asuntos de su
competencia.
c) Orden de expedición y visto bueno de certificaciones de los acuerdos de
órganos unipersonales y documentación obrante en el ámbito de los asuntos de su competencia.
d) Solicitud de subvenciones a otras administraciones u organismos públicos
en el ámbito de los asuntos de su competencia.
e) Oficios de comunicación a autoridades y organismos públicos en el ámbito de los asuntos de su competencia.
f) Formalizar los convenios de patrocinio que se ajusten al contenido del
Convenio-tipo de colaboración empresarial en actividades de interés general (artículo 25 de la Ley 49/2002), en las materias objeto de sus competencias o atribuciones delegadas.
g) La condición de responsable de las actividades de tratamiento de datos
protegidos de carácter personal de su ámbito de delegación cuya responsabilidad no esté atribuida a un órgano concreto de la misma, incluyendo
la emisión de las resoluciones sobre tratamiento, cesión, información, acceso, rectificación, cancelación, oposición, limitación y portabilidad, y la
aprobación, formalización y supervisión de los encargos de tratamiento.
h) Las resoluciones sobre inscripción en el Registro Municipal de Asociaciones Vecinales.
i) Coordinación de las Juntas de Distrito y del teléfono de atención ciudadana 010.
j) Presidente de la Junta de Distrito 1 (en virtud de lo previsto en el artículo
150 del Reglamento Orgánico, con las atribuciones señaladas en el artículo 151 del mismo).
BOCM-20210512-26
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