Madrid número 33 (BOCM-20210512-126)
Ejecución 170/2020
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 112
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 12 DE MAYO DE 2021
Pág. 401
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
126
MADRID NÚMERO 33
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Dña. Almudena Botella García-Lastra, letrada de la Admón. de Justicia del Juzgado de lo
Social nº 33 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento 170/2020 de este juzgado de lo Social, seguido
a instancia de D./Dña. MARIO GUTIÉRREZ MACARRO frente a VIVIENDA PLAN FAMILIAR S.L.N.E. sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado Decreto de insolvencia cuya parte dispositiva es la siguiente:
PARTE DISPOSITIVA
A los efectos de las presentes actuaciones; y para el pago de 5.165,88 euros de principal; 310 de intereses y 516 euros calculados para costas, se declara la insolvencia provisional total del ejecutado VIVIENDA PLAN FAMILIAR S.L.N.E., sin perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente
de pago.
Una vez firme la presente resolución hágase constar en el Registro Mercantil, la declaración de insolvencia del deudor (artículo 276.5 de la LJS).
Una vez firme la presente resolución, archívense las presentes actuaciones.
Modo de impugnación: Contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en
el plazo de tres días desde su notificación.
Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.
LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
Dña. ALMUDENA BOTELLA GARCIA-LASTRA
Y para que sirva de notificación en legal forma a VIVIENDA PLAN FAMILIAR
S.L.N.E., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios del Juzgado.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a trece de abril de dos mil veintiuno.
LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
BOCM-20210512-126
(03/13.552/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 112
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
126
MADRID NÚMERO 33
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Dña. Almudena Botella García-Lastra, letrada de la Admón. de Justicia del Juzgado de lo
Social nº 33 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento 170/2020 de este juzgado de lo Social, seguido
a instancia de D./Dña. MARIO GUTIÉRREZ MACARRO frente a VIVIENDA PLAN FAMILIAR S.L.N.E. sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado Decreto de insolvencia cuya parte dispositiva es la siguiente:
PARTE DISPOSITIVA
A los efectos de las presentes actuaciones; y para el pago de 5.165,88 euros de principal; 310 de intereses y 516 euros calculados para costas, se declara la insolvencia provisional total del ejecutado VIVIENDA PLAN FAMILIAR S.L.N.E., sin perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente
de pago.
Una vez firme la presente resolución hágase constar en el Registro Mercantil, la declaración de insolvencia del deudor (artículo 276.5 de la LJS).
Una vez firme la presente resolución, archívense las presentes actuaciones.
Modo de impugnación: Contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en
el plazo de tres días desde su notificación.
Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.
LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
Dña. ALMUDENA BOTELLA GARCIA-LASTRA
Y para que sirva de notificación en legal forma a VIVIENDA PLAN FAMILIAR
S.L.N.E., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios del Juzgado.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a trece de abril de dos mil veintiuno.
LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
BOCM-20210512-126
(03/13.552/21)
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ISSN 1989-4791