B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y COMPETITIVIDAD (BOCM-20210512-2)
Convenio colectivo –  Resolución de 27 de abril de 2021, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Empleo y Competitividad, sobre registro, depósito y publicación del Convenio Colectivo Único para el Personal Laboral de la Administración de la Comunidad de Madrid (2021-2024) (código número 28004531011988)
153 páginas totales
Página
BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 112

MIÉRCOLES 12 DE MAYO DE 2021

Pág. 69

CONVENIO COLECTIVO PARA EL PERSONAL LABORAL AL SERVICIO DE LA
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD DE MADRID (2021-2024)

ÍNDICE
PREÁMBULO
TÍTULO I. Disposiciones generales.
CAPÍTULO I. Ámbito y vigencia.
Artículo 1. Ámbito de aplicación.
Artículo 2. Exclusiones.
Artículo 3. Vigencia y denuncia del convenio.
CAPÍTULO II. Desarrollo, interpretación, vigilancia y aplicación del convenio.
SECCIÓN 1ª. COMISIÓN PARITARIA.
Artículo 4. Creación y composición.
Artículo 5. Funciones.
Artículo 6. Funcionamiento.
Artículo 7. Acuerdos.
SECCIÓN 2ª. OTROS ÓRGANOS.
Artículo 8. Creación y disolución de otros órganos de composición paritaria.
Artículo 9. Funciones y régimen jurídico.
SECCIÓN 3ª. CRITERIOS BÁSICOS DE APLICACIÓN.
Artículo 10. Vinculación a la totalidad.
Artículo 11. Compensación y absorción.
Artículo 12. Solución extrajudicial de la conflictividad laboral.
Artículo 13. Eficacia de acuerdos anteriores.
CAPÍTULO III. Planificación y organización del trabajo.
Artículo 14. Organización y dirección del trabajo.
Artículo 15. Criterios relativos a la organización del trabajo.
Artículo 16. Relaciones de puestos de trabajo.
Artículo 17. Planes de ordenación de recursos humanos.
CAPÍTULO IV. Promoción de la igualdad, de la conciliación de la vida personal, familiar y
profesional y de la protección ante la violencia de género.
Artículo 18. Principio de igualdad.
Artículo 19. Conciliación de la vida personal, familiar y profesional.
Artículo 20. Protección a las trabajadoras víctimas de la violencia de género.
TÍTULO II. Clasificación profesional.
CAPÍTULO I. Criterios generales.
Artículo 21. Sistema de clasificación profesional.

Artículo 23. Elementos y bases del sistema de clasificación.
CAPÍTULO II. Estructura del sistema de clasificación.
Artículo 24. Grupos profesionales.
Artículo 25. Requisitos para el acceso al grupo profesional.
Artículo 26. Áreas de actividad.

BOCM-20210512-2

Artículo 22. Objetivos del sistema de clasificación.