Navacerrada (BOCM-20210511-52)
Régimen económico. Modificación presupuestaria
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 111
MARTES 11 DE MAYO DE 2021
Pág. 173
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
52
NAVACERRADA
RÉGIMEN ECONÓMICO
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169.1 y 179.4 del Real Decreto 2/2004, de 5
de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, al no haberse presentado alegaciones en el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario del Ayuntamiento de Navacerrada, de 31 de marzo de 2021, sobre el expediente de modificación de crédito número 681/2021, del presupuesto en
vigor, en la modalidad de crédito extraordinario, financiado con cargo al remanente líquido de
Tesorería, que a continuación se hacen públicos resumidos por capítulos:
APLICACIÓN
RESUPUESTARIA
DESCRIPCIÓN
EUROS
FINANCIACIÓN
1532
619.29
Pavimentación Vías Públicas. Calle Encinilla
102.256,18
RTGG
1532
610.08
Remodelación de pavimentos calles Magdalena y Travesía Huertas
213.809,47
RTGG
1621
624.02
Recogida de Residuos. Camioneta.
50.000,00
RTGG
366.065,65
RTGG
TOTAL GASTOS
BOCM-20210511-52
Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42
de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola
la efectividad del acto o acuerdo impugnado.
En Navacerrada, a 7 de mayo de 2021.—La alcaldesa-presidenta, Ana Paula Espinosa
Izquierdo.
(03/16.604/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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MARTES 11 DE MAYO DE 2021
Pág. 173
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
52
NAVACERRADA
RÉGIMEN ECONÓMICO
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169.1 y 179.4 del Real Decreto 2/2004, de 5
de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, al no haberse presentado alegaciones en el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario del Ayuntamiento de Navacerrada, de 31 de marzo de 2021, sobre el expediente de modificación de crédito número 681/2021, del presupuesto en
vigor, en la modalidad de crédito extraordinario, financiado con cargo al remanente líquido de
Tesorería, que a continuación se hacen públicos resumidos por capítulos:
APLICACIÓN
RESUPUESTARIA
DESCRIPCIÓN
EUROS
FINANCIACIÓN
1532
619.29
Pavimentación Vías Públicas. Calle Encinilla
102.256,18
RTGG
1532
610.08
Remodelación de pavimentos calles Magdalena y Travesía Huertas
213.809,47
RTGG
1621
624.02
Recogida de Residuos. Camioneta.
50.000,00
RTGG
366.065,65
RTGG
TOTAL GASTOS
BOCM-20210511-52
Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42
de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola
la efectividad del acto o acuerdo impugnado.
En Navacerrada, a 7 de mayo de 2021.—La alcaldesa-presidenta, Ana Paula Espinosa
Izquierdo.
(03/16.604/21)
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ISSN 1989-4791