Madrid (BOCM-20210511-30)
Régimen económico. Distrito de Moratalaz. Extracto convocatoria subvenciones
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 111

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 11 DE MAYO DE 2021

Pág. 83

BOCM-20210511-30

Convocatoria anticipada 2022: el importe total destinado a esta convocatoria asciende
a 64.896 euros, que se distribuirán de la siguiente forma:
— Modalidad de proyectos: 37.856 euros.
— Modalidad de gastos de mantenimiento de sedes sociales u otros espacios: 27.040,00
euros, cuyo desglose es el siguiente:
d Gastos de alquiler y funcionamiento de sede social: 19.040 euros.
d Gastos de adquisición de mobiliario y equipamiento: 8.000 euros.
La cuantía de la subvención se considerará importe cierto quedando de cuenta del beneficiario la diferencia de financiación necesaria para la total ejecución de la actividad subvencionada, debiendo ser reintegrada, en su caso, la financiación pública por el importe en
que la misma exceda del coste total de dicha actividad.
Cuarto. Plazo de presentación de solicitudes.—Convocatoria ordinaria 2021: el plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles, contados desde el siguiente a
la publicación del extracto de las convocatorias en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 23.2 de la LGS.
Convocatoria anticipada 2020: el plazo de presentación de solicitudes será del 10 de
diciembre de 2019 al 20 de enero de 2020.
Quinto. Otros datos.—Esta convocatoria de subvenciones se desarrolla en régimen
de concurrencia competitiva.
Las solicitudes de subvención se formalizarán conforme al modelo que figura como
solicitud de subvención en la presente convocatoria.
Para la modalidad de proyectos, junto a la solicitud de subvención, se acompañará una
memoria explicativa del proyecto que habrá de cumplimentarse en el anexo I.
Límites:
— En la modalidad de proyectos no se financiarán gastos de inversión. Cada entidad
solicitante podrá presentar un proyecto a esta convocatoria. No serán admitidos
aquellos proyectos cuyo presupuesto total supere 25.000 euros, impuestos incluidos, y tampoco serán admitidas aquellas peticiones cuya cuantía solicitada sea superior a 2.366 euros.
— En la modalidad de gastos de mantenimiento de sedes sociales u otros espacios no serán financiables los gastos derivados de cualquier clase de obras en las sedes sociales u otros espacios en los que la entidad desarrolle su actividad de forma habitual.
— No serán admitidas solicitudes de subvención cuya cuantía supere la suma de los
presupuestos anuales consignados en el modelo de solicitud. La cuantía solicitada
para la modalidad de gastos de alquiler y funcionamiento, en conjunto, no podrá ser
superior a 1.800 euros.
— Para la modalidad de gastos de adquisición de equipamiento, desarrollo tecnológico y mobiliario, las entidades habrán de consignar en la solicitud el presupuesto
de gasto estimado, impuestos incluidos. No serán admitidas solicitudes de subvención cuya cuantía supere este presupuesto. La cuantía solicitada en este caso no
podrá ser superior a 800 euros para cada anualidad. No serán admitidas las peticiones cuya cuantía solicitada sea superior a límite expresado.
— No podrán acceder a esta convocatoria aquellas entidades que figuren como beneficiarias en el anexo de subvenciones nominativas del Área de Gobierno de Coordinación Territorial y Asociaciones del presupuesto del Ayuntamiento de Madrid para
la anualidad 2021.
Madrid, a 27 de abril de 2021.—La concejala-presidenta del distrito de Moratalaz, Almudena Maillo del Valle.
(03/15.982/21)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791