Madrid número 13 (BOCM-20210511-104)
Procedimiento 925/2020
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 266
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 11 DE MAYO DE 2021
B.O.C.M. Núm. 111
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
104
MADRID NÚMERO 13
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Dña. ANA BELEN REQUENA NAVARRO LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
EN SUSTITUCION DEL Juzgado de lo Social nº 13 de Madrid, HAGO SABER:
Que en el procedimiento 925/2020 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de
Dña. BEATRIZ MAGDALENA OQUENDO VEGA frente a ENRY SANTELY
MADRID y FOGASA sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado SENTENCIA en fecha 09/04/21.
Hallándose en ignorado paradero la demandada ENRY SANTELY MADRID y de
acuerdo con lo dispuesto en el art 59.2 LRJS, se ha acordado notificarle la misma por edictos,
haciéndoles saber que su contenido íntegro está a disposición de la persona interesada para su
consulta en este Órgano Judicial sito en C/ Princesa nº 3,3ª planta, 28008 Madrid. Haciéndole saber que contra la misma cabe recurso de suplicación en plazo de CINCO DIAS.
Este edicto cumple los criterios de protección de datos de carácter personal en el ámbito de la Administración de Justicia establecidos en los arts. 236 bis y siguientes de la Ley
Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) y la Instrucción 6/2012 de la Secretaría General de la
Administración de Justicia, relativa a la publicación de edictos en diarios y boletines oficiales y la protección de datos.
Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a ENRY SANTELY
MADRID, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial
de la Comunidad de Madrid.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a catorce de abril de dos mil veintiuno.
BOCM-20210511-104
LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA EN SUSTITUCION
(03/13.410/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
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B.O.C.M. Núm. 111
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
104
MADRID NÚMERO 13
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Dña. ANA BELEN REQUENA NAVARRO LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
EN SUSTITUCION DEL Juzgado de lo Social nº 13 de Madrid, HAGO SABER:
Que en el procedimiento 925/2020 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de
Dña. BEATRIZ MAGDALENA OQUENDO VEGA frente a ENRY SANTELY
MADRID y FOGASA sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado SENTENCIA en fecha 09/04/21.
Hallándose en ignorado paradero la demandada ENRY SANTELY MADRID y de
acuerdo con lo dispuesto en el art 59.2 LRJS, se ha acordado notificarle la misma por edictos,
haciéndoles saber que su contenido íntegro está a disposición de la persona interesada para su
consulta en este Órgano Judicial sito en C/ Princesa nº 3,3ª planta, 28008 Madrid. Haciéndole saber que contra la misma cabe recurso de suplicación en plazo de CINCO DIAS.
Este edicto cumple los criterios de protección de datos de carácter personal en el ámbito de la Administración de Justicia establecidos en los arts. 236 bis y siguientes de la Ley
Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) y la Instrucción 6/2012 de la Secretaría General de la
Administración de Justicia, relativa a la publicación de edictos en diarios y boletines oficiales y la protección de datos.
Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a ENRY SANTELY
MADRID, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial
de la Comunidad de Madrid.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a catorce de abril de dos mil veintiuno.
BOCM-20210511-104
LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA EN SUSTITUCION
(03/13.410/21)
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D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791