Madrid número 9 (BOCM-20210511-96)
Procedimiento 1234/2019
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 111
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 11 DE MAYO DE 2021
Pág. 257
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
96
MADRID NÚMERO 9
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
DOÑA MARÍA DEL CARMEN MARTÍN GARCÍA, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social n.º 9 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento 1234/2019 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de DON ANTONIO ERNESTO CAYETANO ASUMU frente a EME COMPAÑÍA DE SEGURIDAD E INGENIERÍA Y MANTENIMIENTO, S. L., SECURITAS
SEGURIDAD ESPAÑA, S. A., FOGASA y DOÑA SÁNCHEZ MANUELA SERRANO
sobre procedimiento ordinario se ha dictado la siguiente resolución:
SENTENCIA N.º: 130/2021
FALLO
Que estimando la demanda formulada por DON ANTONIO ERNESTO CAYETANO
ASUMU frente a EME COMPAÑÍA DE SEGURIDAD E INGENIERÍA Y MANTENIMIENTO, S. L., y el administrador concursal DOÑA MANUELA SERRANO SÁNCHEZ
y FOGASA, sobre Reclamación de Cantidad, debo condenar y condeno a la demandada
EME COMPAÑÍA DE SEGURIDAD E INGENIERÍA Y MANTENIMIENTO ,S. L., con
el concurso del Administrador Concursal DOÑA MANUELA SERRANO SÁNCHEZ a
abonar al actor la suma de 1.800,99 euros brutos con más el 10% de interés legal de mora.
Igualmente se absuelve al FONDO DE GARANTÍA SALARIAL dada su falta de legitimación pasiva ad causam y sin perjuicio de su responsabilidad legal subsidiaria.
Notifíquese esta sentencia a las partes advirtiendo que contra ella no podrán interponer recurso alguno.
Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que sirva de notificación en legal forma a EME COMPAÑÍA DE SEGURIDAD E INGENIERÍA Y MANTENIMIENTO, S. L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a 13 de abril de 2021.
LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
BOCM-20210511-96
(03/13.463/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 111
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MARTES 11 DE MAYO DE 2021
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
96
MADRID NÚMERO 9
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
DOÑA MARÍA DEL CARMEN MARTÍN GARCÍA, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social n.º 9 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento 1234/2019 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de DON ANTONIO ERNESTO CAYETANO ASUMU frente a EME COMPAÑÍA DE SEGURIDAD E INGENIERÍA Y MANTENIMIENTO, S. L., SECURITAS
SEGURIDAD ESPAÑA, S. A., FOGASA y DOÑA SÁNCHEZ MANUELA SERRANO
sobre procedimiento ordinario se ha dictado la siguiente resolución:
SENTENCIA N.º: 130/2021
FALLO
Que estimando la demanda formulada por DON ANTONIO ERNESTO CAYETANO
ASUMU frente a EME COMPAÑÍA DE SEGURIDAD E INGENIERÍA Y MANTENIMIENTO, S. L., y el administrador concursal DOÑA MANUELA SERRANO SÁNCHEZ
y FOGASA, sobre Reclamación de Cantidad, debo condenar y condeno a la demandada
EME COMPAÑÍA DE SEGURIDAD E INGENIERÍA Y MANTENIMIENTO ,S. L., con
el concurso del Administrador Concursal DOÑA MANUELA SERRANO SÁNCHEZ a
abonar al actor la suma de 1.800,99 euros brutos con más el 10% de interés legal de mora.
Igualmente se absuelve al FONDO DE GARANTÍA SALARIAL dada su falta de legitimación pasiva ad causam y sin perjuicio de su responsabilidad legal subsidiaria.
Notifíquese esta sentencia a las partes advirtiendo que contra ella no podrán interponer recurso alguno.
Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que sirva de notificación en legal forma a EME COMPAÑÍA DE SEGURIDAD E INGENIERÍA Y MANTENIMIENTO, S. L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a 13 de abril de 2021.
LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
BOCM-20210511-96
(03/13.463/21)
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ISSN 1989-4791