Alcobendas (BOCM-20210511-38)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
8 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
B.O.C.M. Núm. 111
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 11 DE MAYO DE 2021
Pág. 97
Oposición: cada uno de los ejercicios de la fase de oposición será calificado de 0 a 10 puntos, siendo eliminados las personas aspirantes que no alcancen un mínimo de 5 puntos en cada
uno de ellos.
La calificación de la oposición será el resultado del cálculo de los siguientes porcentajes:
— Primer ejercicio representará un 25 por 100 de la nota final.
— Segundo ejercicio representará un 75 por 100 de la nota final.
La calificación final del concurso-oposición se obtendrá de la siguiente forma: 30 por 100
concurso + 70 por 100 oposición.
En caso de empate obtendrá la plaza el aspirante que haya obtenido la nota más alta en
el segundo ejercicio de la fase de oposición. En caso de persistir el empate se recurrirá al primer ejercicio de la fase de oposición y a continuación al concurso. De persistir éste se solventará por el orden alfabético del primer apellido de las personas aspirantes empatadas, de
acuerdo con la letra que determine el sorteo público realizado por la Secretaría General para
la Administración Pública para el año correspondiente. Como última alternativa se dirimirá
el empate mediante la realización de un sorteo público entre los aspirantes empatados.
8. Finalización del proceso selectivo
Una vez terminada la calificación de las personas aspirantes el Tribunal hará pública,
a través del tablón de edictos de la Corporación y en la página web municipal, la relación
de las personas aspirantes que hubieran superado el proceso selectivo por orden de puntuación, no pudiendo rebasar éstos el número de plazas convocadas.
Simultáneamente a su publicación, el Tribunal Calificador elevará al Concejal Delegado de Recursos Humanos la formalización del nombramiento como personal funcionario
de carrera, de las personas candidatas que hubieren obtenido las calificaciones definitivas
más elevadas.
Se creará una Bolsa de Empleo conforme a lo dispuesto en el título VII del protocolo
de empleo, con las personas candidatas que habiendo superado todos o alguno de los ejercicios del proceso selectivo, no hubieran obtenido plaza. El orden de prelación será el que
hubieran obtenido en el proceso selectivo. Las personas candidatas que no deseen formar
parte de la misma deberán comunicarlo expresamente a la Dirección General de Recursos
Humanos del Ayuntamiento de Alcobendas.
Documentos exigibles: una vez concluido el proceso selectivo, las personas aspirantes
propuestos (con carácter previo a su nombramiento e incorporación) quedarán obligadas a
presentar en la Dirección General de Recursos Humanos, para su compulsa, todos los documentos originales cuyas fotocopias fueron valoradas en la Fase de Concurso. Sin el cumplimiento de este requisito, no se dará por válida la puntuación obtenida en la fase de concurso y en consecuencia la puntuación final del proceso selectivo.
Además, aportarán los siguientes documentos originales para su compulsa:
a) Documentación acreditativa del cumplimiento de los restantes requisitos exigidos
en la convocatoria.
b) Documento Nacional de Identidad.
c) Titulación exigida en la base segunda “Requisitos de las personas aspirantes”.
d) Declaración jurada de no haber sido separado del servicio de cualquier Administración Pública, ni estar inhabilitado para el ejercicio de la función pública, mediante el ejemplar normalizado que será formalizado en la Dirección General de
Recursos Humanos.
e) Declaración de actividades ajenas al empleo municipal a efectos de incompatibilidades según la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, y demás normativa aplicable sobre incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas,
mediante el ejemplar normalizado que será formalizado en la Dirección General
de Recursos Humanos.
Plazo presentación documentos: el plazo de presentación de los documentos será como
máximo de veinte días naturales contados a partir del siguiente a la publicación de la persona candidata propuesta por el Tribunal, en el tablón de edictos de este Ayuntamiento y en
la web municipal.
Falta de presentación de documentos: si dentro del plazo indicado, y salvo los casos de
fuerza mayor, no presentaren su documentación o no reunieren los requisitos y condiciones
BOCM-20210511-38
9. Presentación de documentos
B.O.C.M. Núm. 111
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 11 DE MAYO DE 2021
Pág. 97
Oposición: cada uno de los ejercicios de la fase de oposición será calificado de 0 a 10 puntos, siendo eliminados las personas aspirantes que no alcancen un mínimo de 5 puntos en cada
uno de ellos.
La calificación de la oposición será el resultado del cálculo de los siguientes porcentajes:
— Primer ejercicio representará un 25 por 100 de la nota final.
— Segundo ejercicio representará un 75 por 100 de la nota final.
La calificación final del concurso-oposición se obtendrá de la siguiente forma: 30 por 100
concurso + 70 por 100 oposición.
En caso de empate obtendrá la plaza el aspirante que haya obtenido la nota más alta en
el segundo ejercicio de la fase de oposición. En caso de persistir el empate se recurrirá al primer ejercicio de la fase de oposición y a continuación al concurso. De persistir éste se solventará por el orden alfabético del primer apellido de las personas aspirantes empatadas, de
acuerdo con la letra que determine el sorteo público realizado por la Secretaría General para
la Administración Pública para el año correspondiente. Como última alternativa se dirimirá
el empate mediante la realización de un sorteo público entre los aspirantes empatados.
8. Finalización del proceso selectivo
Una vez terminada la calificación de las personas aspirantes el Tribunal hará pública,
a través del tablón de edictos de la Corporación y en la página web municipal, la relación
de las personas aspirantes que hubieran superado el proceso selectivo por orden de puntuación, no pudiendo rebasar éstos el número de plazas convocadas.
Simultáneamente a su publicación, el Tribunal Calificador elevará al Concejal Delegado de Recursos Humanos la formalización del nombramiento como personal funcionario
de carrera, de las personas candidatas que hubieren obtenido las calificaciones definitivas
más elevadas.
Se creará una Bolsa de Empleo conforme a lo dispuesto en el título VII del protocolo
de empleo, con las personas candidatas que habiendo superado todos o alguno de los ejercicios del proceso selectivo, no hubieran obtenido plaza. El orden de prelación será el que
hubieran obtenido en el proceso selectivo. Las personas candidatas que no deseen formar
parte de la misma deberán comunicarlo expresamente a la Dirección General de Recursos
Humanos del Ayuntamiento de Alcobendas.
Documentos exigibles: una vez concluido el proceso selectivo, las personas aspirantes
propuestos (con carácter previo a su nombramiento e incorporación) quedarán obligadas a
presentar en la Dirección General de Recursos Humanos, para su compulsa, todos los documentos originales cuyas fotocopias fueron valoradas en la Fase de Concurso. Sin el cumplimiento de este requisito, no se dará por válida la puntuación obtenida en la fase de concurso y en consecuencia la puntuación final del proceso selectivo.
Además, aportarán los siguientes documentos originales para su compulsa:
a) Documentación acreditativa del cumplimiento de los restantes requisitos exigidos
en la convocatoria.
b) Documento Nacional de Identidad.
c) Titulación exigida en la base segunda “Requisitos de las personas aspirantes”.
d) Declaración jurada de no haber sido separado del servicio de cualquier Administración Pública, ni estar inhabilitado para el ejercicio de la función pública, mediante el ejemplar normalizado que será formalizado en la Dirección General de
Recursos Humanos.
e) Declaración de actividades ajenas al empleo municipal a efectos de incompatibilidades según la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, y demás normativa aplicable sobre incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas,
mediante el ejemplar normalizado que será formalizado en la Dirección General
de Recursos Humanos.
Plazo presentación documentos: el plazo de presentación de los documentos será como
máximo de veinte días naturales contados a partir del siguiente a la publicación de la persona candidata propuesta por el Tribunal, en el tablón de edictos de este Ayuntamiento y en
la web municipal.
Falta de presentación de documentos: si dentro del plazo indicado, y salvo los casos de
fuerza mayor, no presentaren su documentación o no reunieren los requisitos y condiciones
BOCM-20210511-38
9. Presentación de documentos