Pozuelo de Alarcón (BOCM-20210511-56)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
MARTES 11 DE MAYO DE 2021
B.O.C.M. Núm. 111
— Real Decreto 781/1986, de 18 de abril, del Texto Refundido de las Disposiciones
Legales Vigentes en Materia de Régimen Local,.
— Real Decreto 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido
de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público,.
— Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las Reglas Básicas
y Programas mínimos del procedimiento de Selección de los funcionarios de
Administración Local,.
— Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, de Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la AGE.
— Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
— Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas.
Para lo no dispuesto en estas bases, tendrán carácter supletorio en lo que se encuentre
en vigor, lo dispuesto en las Bases Generales para la selección de Funcionario del Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón.
Los aspirantes que resulten nombrados para estas plazas quedarán sometidos desde el
momento de su toma de posesión al régimen de incompatibilidades vigente.
2. Requisitos de participación
Para ser admitido a participar en el presente proceso selectivo, los aspirantes han de reunir los siguientes requisitos:
a) Hallarse en situación administrativa de servicio activo o servicios especiales, en la
categoría de Policía de la escala básica de cualquier Cuerpo de Policía de la Comunidad de Madrid.
b) Tener una antigüedad mínima de tres años como personal funcionario en la categoría y no faltarles menos de cinco años para alcanzar la edad de pase a la segunda actividad. A estos efectos se computará el tiempo en el que se haya permanecido en la situación de segunda actividad por causa de embarazo o riesgo durante
la lactancia natural.
c) No hallarse en situación administrativa de segunda actividad, salvo causa de embarazo o riesgo durante la lactancia natural.
d) Acreditar, en el caso de haber obtenido con anterioridad una plaza por el sistema
acceso de movilidad, haber prestado servicio en el municipio en que se obtuvo durante al menos cinco años.
e) Estar en posesión de título de bachiller, técnico o equivalente, expedido con arreglo a la legislación vigente.
f) Estar en posesión del permiso de conducir de la clase B o equivalente que podrá
acreditarse antes de la finalización del curso selectivo de formación.
g) Cumplir las condiciones físicas y psíquicas exigibles para ser considerado apto
para ejercer adecuadamente las correspondientes funciones.
h) Carecer de antecedentes penales.
Todos los requisitos establecidos en el punto anterior deberán ser reunidos por el aspirante el día que finalice el plazo para la presentación de instancias y mantenerse durante
todo el proceso selectivo, a excepción de lo relativo a la posesión del permiso de conducir,
que podrá acreditarse antes de la finalización del curso selectivo de formación.
La constatación del requisito g), con carácter previo al nombramiento en prácticas, se
practicará un reconocimiento médico por los facultativos del Servicio de Prevención de
Riesgos Laborales del Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón, en el que se acreditará no padecer enfermedad o defecto físico que por su naturaleza u grado imposibilite el desempeño
de las funciones propias del puesto.
La participación en el proceso llevará implícita la autorización expresa para la realización de cuantas pruebas clínicas, analíticas o complementarias se considere necesarias para
su comprobación. Si el aspirante se negara, el Tribunal, previa audiencia al interesado acordará su exclusión.
3. Presentación de solicitudes y tasa de derechos de examen
3.1. Presentación de solicitudes. Los interesados deberán solicitar su participación
en modelo de instancia específica para estos procesos selectivos, debiendo manifestar expresamente en dicha instancia que cumplen todos y cada uno de los requisitos exigidos. Las
solicitudes estarán disponibles en las Oficinas de Atención al Ciudadano, y en la Unidad de
BOCM-20210511-56
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 11 DE MAYO DE 2021
B.O.C.M. Núm. 111
— Real Decreto 781/1986, de 18 de abril, del Texto Refundido de las Disposiciones
Legales Vigentes en Materia de Régimen Local,.
— Real Decreto 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido
de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público,.
— Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las Reglas Básicas
y Programas mínimos del procedimiento de Selección de los funcionarios de
Administración Local,.
— Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, de Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la AGE.
— Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
— Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas.
Para lo no dispuesto en estas bases, tendrán carácter supletorio en lo que se encuentre
en vigor, lo dispuesto en las Bases Generales para la selección de Funcionario del Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón.
Los aspirantes que resulten nombrados para estas plazas quedarán sometidos desde el
momento de su toma de posesión al régimen de incompatibilidades vigente.
2. Requisitos de participación
Para ser admitido a participar en el presente proceso selectivo, los aspirantes han de reunir los siguientes requisitos:
a) Hallarse en situación administrativa de servicio activo o servicios especiales, en la
categoría de Policía de la escala básica de cualquier Cuerpo de Policía de la Comunidad de Madrid.
b) Tener una antigüedad mínima de tres años como personal funcionario en la categoría y no faltarles menos de cinco años para alcanzar la edad de pase a la segunda actividad. A estos efectos se computará el tiempo en el que se haya permanecido en la situación de segunda actividad por causa de embarazo o riesgo durante
la lactancia natural.
c) No hallarse en situación administrativa de segunda actividad, salvo causa de embarazo o riesgo durante la lactancia natural.
d) Acreditar, en el caso de haber obtenido con anterioridad una plaza por el sistema
acceso de movilidad, haber prestado servicio en el municipio en que se obtuvo durante al menos cinco años.
e) Estar en posesión de título de bachiller, técnico o equivalente, expedido con arreglo a la legislación vigente.
f) Estar en posesión del permiso de conducir de la clase B o equivalente que podrá
acreditarse antes de la finalización del curso selectivo de formación.
g) Cumplir las condiciones físicas y psíquicas exigibles para ser considerado apto
para ejercer adecuadamente las correspondientes funciones.
h) Carecer de antecedentes penales.
Todos los requisitos establecidos en el punto anterior deberán ser reunidos por el aspirante el día que finalice el plazo para la presentación de instancias y mantenerse durante
todo el proceso selectivo, a excepción de lo relativo a la posesión del permiso de conducir,
que podrá acreditarse antes de la finalización del curso selectivo de formación.
La constatación del requisito g), con carácter previo al nombramiento en prácticas, se
practicará un reconocimiento médico por los facultativos del Servicio de Prevención de
Riesgos Laborales del Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón, en el que se acreditará no padecer enfermedad o defecto físico que por su naturaleza u grado imposibilite el desempeño
de las funciones propias del puesto.
La participación en el proceso llevará implícita la autorización expresa para la realización de cuantas pruebas clínicas, analíticas o complementarias se considere necesarias para
su comprobación. Si el aspirante se negara, el Tribunal, previa audiencia al interesado acordará su exclusión.
3. Presentación de solicitudes y tasa de derechos de examen
3.1. Presentación de solicitudes. Los interesados deberán solicitar su participación
en modelo de instancia específica para estos procesos selectivos, debiendo manifestar expresamente en dicha instancia que cumplen todos y cada uno de los requisitos exigidos. Las
solicitudes estarán disponibles en las Oficinas de Atención al Ciudadano, y en la Unidad de
BOCM-20210511-56
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID