Madrid número 10 (BOCM-20210511-99)
Ejecución 50/2021
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 11 DE MAYO DE 2021

B.O.C.M. Núm. 111

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
99

MADRID NÚMERO 10
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MONTSERRAT TORRENTE MUÑOZ LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE
JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 10 de Madrid.
HAGO SABER: Que en el procedimiento 50/2021 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. SANDRA BONO PEREZ frente a ECOCENTROS VERIDE SL
sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:
AUTO
En Madrid, a trece de abril de dos mil veintiuno.
PARTE DISPOSITIVA
Acuerdo despachar orden general de ejecución del título indicado a favor de ejecutante D./Dña. SANDRA BONO PEREZ frente a ECOCENTROS VERIDE SL.
En consecuencia, y, de conformidad con lo dispuesto en el art. 280 de la LJS, se acuerda citar a las partes, y al FONDO DE GARANTIA SALARIAL, a comparecencia para el
examen de las manifestaciones invocadas en el escrito de la parte actora en orden al cumplimiento de lo fallado, por lo que deberán acudir con los medios de prueba de que intenten valerse, a la Sala de Vistas 4.4 de este Juzgado planta cuarta el próximo día 02.06.2021
a las 08:30 horas, advirtiéndoles que si no asiste el trabajador personalmente, o persona que
le represente en virtud de Poder Notarial de representación o Apud-Acta, se le tendrá por
desistido de su solicitud, y que si no lo hace el empresario o su representante, se celebrará
el acto sin su presencia.
Recábese telemáticamente de la base de datos de la Tesorería General de la Seguridad
Social, informe de la vida laboral del trabajador, y, adviértase asimismo a la parte actora
que, a efectos del cómputo de los salarios de tramitación, deberá acreditarse a través de la
presentación de las correspondientes nóminas, el periodo de prestación de servicios en otra
empresa, entendiéndose en otro caso que el salario percibido es igual o superior al que tenía con anterioridad (Art. 56.1 del E.T.).
Notifíquese esta resolución a las partes.
MODO DE IMPUGNACION.- Mediante recurso de reposición ante este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución, podrá deducirse oposición en los
términos previstos en el art. 239.4 LJS., debiendo el recurrente que no sea trabajador beneficiario del Régimen de la Seguridad social ingresar la cantidad de 25 Euros en la cuenta de este
Juzgado abierta en la Entidad Banco Santander número de cuenta 2508-0000-64-0050-21.
Así, por éste su auto, lo acuerda, manda y firma, el Ilmo. Sr. Magistrado - Juez

DILIGENCIA DE ORDENACIÓN
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
D./Dña. MONTSERRAT TORRENTE MUÑOZ
En Madrid, a trece de abril de dos mil veintiuno.
El anterior escrito únase a los autos de su razón y dese traslado de copia a las otras partes afectadas. Se tiene por solicitada la ejecución de la obligación de readmitir impuesta, en
sentencia de fecha 21/12/2020, a la empresa ECOCENTROS VERIDE Planta 4 - 28008, el
día 02/06/2021, a las 08:30 horas SL en favor del/de los demandante/s D./Dña. SANDRA
BONO PEREZ y, previo a su resolución, se acuerda oír a las partes en comparecencia, que

BOCM-20210511-99

D./Dña. MARIA FATIMA BEARDO OLIVARES.
EL MAGISTRADO-JUEZ