Madrid número 34 (BOCM-20210511-142)
Ejecución 35/2021
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 312
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 11 DE MAYO DE 2021
B.O.C.M. Núm. 111
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
142
MADRID NÚMERO 34
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
DON FERNANDO BENÍTEZ BENÍTEZ, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social n.º 34 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento 35/2021 de este Juzgado de lo Social, seguido a
instancia de DOÑA MARILIN MARJORY CHUMPITAZI ESCALANTE frente a GRUPO TAKEIROS MÉXICO, S. L., sobre ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:
PARTE DISPOSITIVA
Despachar orden general de ejecución de sentencia a favor de la parte ejecutante,
DOÑA MARILIN MARJORY CHUMPITAZI ESCALANTE, frente a la demandada
GRUPO TAKEIROS MÉXICO, S. L., parte ejecutada, por un principal de 8.944,31 euros
(correspondiendo 3.086,94 euros a indemnización, 3.617,14 euros a salarios de tramitación
y 2.240,23 euros como cantidades adeudadas), más 268,32 euros y 894,43 euros de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.
Notifíquese la presente resolución a las partes.
PARTE DISPOSITIVA
En orden a dar efectividad a la orden general de ejecución, acuerdo:
Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que en quince días
puedan designar la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba, advirtiéndoles que de
no ser así se procederá a dictar decreto de insolvencia provisional en la presente ejecución.
Notifíquese la presente resolución a las partes.
Y para que sirva de notificación en legal forma a GRUPO TAKEIROS MÉXICO, S. L.,
en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a 15 de abril de 2021.
EL LETRADO DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
BOCM-20210511-142
(03/13.453/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
Pág. 312
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
142
MADRID NÚMERO 34
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
DON FERNANDO BENÍTEZ BENÍTEZ, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social n.º 34 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento 35/2021 de este Juzgado de lo Social, seguido a
instancia de DOÑA MARILIN MARJORY CHUMPITAZI ESCALANTE frente a GRUPO TAKEIROS MÉXICO, S. L., sobre ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:
PARTE DISPOSITIVA
Despachar orden general de ejecución de sentencia a favor de la parte ejecutante,
DOÑA MARILIN MARJORY CHUMPITAZI ESCALANTE, frente a la demandada
GRUPO TAKEIROS MÉXICO, S. L., parte ejecutada, por un principal de 8.944,31 euros
(correspondiendo 3.086,94 euros a indemnización, 3.617,14 euros a salarios de tramitación
y 2.240,23 euros como cantidades adeudadas), más 268,32 euros y 894,43 euros de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.
Notifíquese la presente resolución a las partes.
PARTE DISPOSITIVA
En orden a dar efectividad a la orden general de ejecución, acuerdo:
Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que en quince días
puedan designar la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba, advirtiéndoles que de
no ser así se procederá a dictar decreto de insolvencia provisional en la presente ejecución.
Notifíquese la presente resolución a las partes.
Y para que sirva de notificación en legal forma a GRUPO TAKEIROS MÉXICO, S. L.,
en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a 15 de abril de 2021.
EL LETRADO DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
BOCM-20210511-142
(03/13.453/21)
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ISSN 1989-4791