Guadalix de la Sierra (BOCM-20210507-63)
Régimen económico. Modificación presupuestaria
Página 1 Pág. 1
1 página en total
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 486
VIERNES 7 DE MAYO DE 2021
B.O.C.M. Núm. 108
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
63
GUADALIX DE LA SIERRA
RÉGIMEN ECONÓMICO
Por acuerdo del Pleno de 21 de abril de 2021, se aprobó inicialmente la modificación
presupuestaria de suplementos 05/2021 siguiente:
SUPLEMENTOS EN CONCEPTOS DE GASTOS
APLICACIÓN
PROGR.
CRÉDITOS
INICIALES
DESCRIPCIÓN
ECONÓMICA
CAPITULO
SUPLEMENTO
DE CRÉDITO
I
Gastos personal
174.320,16
II
Compra bienes corrientes y servicios
123.784,01
IV
Transferencias corrientes
VI
Inversiones
CRÉDITOS
FINALES
5.127,32
243.686,65
TOTAL
546.918,14
Esta modificación se financia con cargo al remanente de tesorería:
APLICACIÓN
PROGR.
DESCRIPCIÓN
CRÉDITOS
INICIALES
SUPLEMENTO
DE CRÉDITO
CRÉDITOS
FINALES
ECONÓMICA
CAPITULO
VIII
Remanente tesorería para gastos generales
546.918,14
BOCM-20210507-63
Dichos documentos se exponen al público a efectos de que los interesados, a tenor del
artículo 169 y 170 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas de acuerdo con las siguientes normas:
a) Plazo de presentación de reclamaciones y de examinar el expediente: quince días
hábiles siguiente a la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE
LA COMUNIDAD DE MADRID.
b) Lugar donde se encuentra el expediente: Intervención del Ayuntamiento.
c) Órgano ante quién se reclama: Pleno del Ayuntamiento.
En el supuesto de que no se presenten reclamaciones, se entenderá definitivamente
adoptado el acuerdo, hasta entonces provisional, sin necesidad de acuerdo plenario, entrando en vigor.
Contra el presente acuerdo se puede interponer recurso contencioso-administrativo, en
el plazo de dos meses siguientes a la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE
LA COMUNIDAD DE MADRID, ante el Tribunal Superior de lo Contencioso-Administrativo
de Madrid, a tenor del artículo 171.1 del texto refundido de la Ley de Haciendas Locales.
Guadalix de la Sierra, a 23 de abril de 2021.—El alcalde-presidente, Borja Álvarez
González.
(03/14.884/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 486
VIERNES 7 DE MAYO DE 2021
B.O.C.M. Núm. 108
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
63
GUADALIX DE LA SIERRA
RÉGIMEN ECONÓMICO
Por acuerdo del Pleno de 21 de abril de 2021, se aprobó inicialmente la modificación
presupuestaria de suplementos 05/2021 siguiente:
SUPLEMENTOS EN CONCEPTOS DE GASTOS
APLICACIÓN
PROGR.
CRÉDITOS
INICIALES
DESCRIPCIÓN
ECONÓMICA
CAPITULO
SUPLEMENTO
DE CRÉDITO
I
Gastos personal
174.320,16
II
Compra bienes corrientes y servicios
123.784,01
IV
Transferencias corrientes
VI
Inversiones
CRÉDITOS
FINALES
5.127,32
243.686,65
TOTAL
546.918,14
Esta modificación se financia con cargo al remanente de tesorería:
APLICACIÓN
PROGR.
DESCRIPCIÓN
CRÉDITOS
INICIALES
SUPLEMENTO
DE CRÉDITO
CRÉDITOS
FINALES
ECONÓMICA
CAPITULO
VIII
Remanente tesorería para gastos generales
546.918,14
BOCM-20210507-63
Dichos documentos se exponen al público a efectos de que los interesados, a tenor del
artículo 169 y 170 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas de acuerdo con las siguientes normas:
a) Plazo de presentación de reclamaciones y de examinar el expediente: quince días
hábiles siguiente a la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE
LA COMUNIDAD DE MADRID.
b) Lugar donde se encuentra el expediente: Intervención del Ayuntamiento.
c) Órgano ante quién se reclama: Pleno del Ayuntamiento.
En el supuesto de que no se presenten reclamaciones, se entenderá definitivamente
adoptado el acuerdo, hasta entonces provisional, sin necesidad de acuerdo plenario, entrando en vigor.
Contra el presente acuerdo se puede interponer recurso contencioso-administrativo, en
el plazo de dos meses siguientes a la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE
LA COMUNIDAD DE MADRID, ante el Tribunal Superior de lo Contencioso-Administrativo
de Madrid, a tenor del artículo 171.1 del texto refundido de la Ley de Haciendas Locales.
Guadalix de la Sierra, a 23 de abril de 2021.—El alcalde-presidente, Borja Álvarez
González.
(03/14.884/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791