Valdemorillo (BOCM-20210507-72)
Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 506
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 7 DE MAYO DE 2021
B.O.C.M. Núm. 108
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
72
VALDEMORILLO
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20210507-72
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/561555).
Al amparo de lo previsto en el apartado 4.a de la disposición adicional tercera del Real
Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión
de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, procede la no suspensión de
los plazos durante la vigencia del estado de alarma, al ser considerado un procedimiento indispensable para el interés general y el funcionamiento básico de los servicios, al perseguir
mejorar la situación económica de las familias y vecinos durante la crisis sanitaria (“Boletín
Oficial del Estado” número 67, de 14 de marzo de 2020), y en uso de las facultades que me
confiere el artículo 20 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen
Local, por acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 28 de abril de 2021, por el que aprueban
inicialmente las bases reguladoras para la concesión de Ayudas municipales a autónomos y
microempresas como consecuencia de la crisis sanitaria originada por el COVID-19, se expone al público dicho expediente durante el plazo de quince días hábiles contados a partir del siguiente al de esta publicación, pudiendo examinarse en la página web del Ayuntamiento de
Valdemorillo, en el tablón de anuncios y en el Portal de Transparencia y presentar las reclamaciones que se tengan por convenientes, quedando definitivamente aprobadas las bases en
el supuesto de que durante tal plazo no se presentase ninguna, todo ello, de conformidad con
lo previsto en los artículos 22.2.d) y 49 de la Ley 7/1985, sobre las Bases de Régimen Local,
sin perjuicio de que deban ser íntegramente publicadas para su entrada en vigor.
En Valdemorillo, a 5 de mayo de 2021.—El alcalde-presidente, Santiago Villena Acedos.
(03/16.202/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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72
VALDEMORILLO
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20210507-72
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/561555).
Al amparo de lo previsto en el apartado 4.a de la disposición adicional tercera del Real
Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión
de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, procede la no suspensión de
los plazos durante la vigencia del estado de alarma, al ser considerado un procedimiento indispensable para el interés general y el funcionamiento básico de los servicios, al perseguir
mejorar la situación económica de las familias y vecinos durante la crisis sanitaria (“Boletín
Oficial del Estado” número 67, de 14 de marzo de 2020), y en uso de las facultades que me
confiere el artículo 20 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen
Local, por acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 28 de abril de 2021, por el que aprueban
inicialmente las bases reguladoras para la concesión de Ayudas municipales a autónomos y
microempresas como consecuencia de la crisis sanitaria originada por el COVID-19, se expone al público dicho expediente durante el plazo de quince días hábiles contados a partir del siguiente al de esta publicación, pudiendo examinarse en la página web del Ayuntamiento de
Valdemorillo, en el tablón de anuncios y en el Portal de Transparencia y presentar las reclamaciones que se tengan por convenientes, quedando definitivamente aprobadas las bases en
el supuesto de que durante tal plazo no se presentase ninguna, todo ello, de conformidad con
lo previsto en los artículos 22.2.d) y 49 de la Ley 7/1985, sobre las Bases de Régimen Local,
sin perjuicio de que deban ser íntegramente publicadas para su entrada en vigor.
En Valdemorillo, a 5 de mayo de 2021.—El alcalde-presidente, Santiago Villena Acedos.
(03/16.202/21)
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ISSN 1989-4791