Madrid (BOCM-20210507-53)
Régimen económico. Distrito de Moncloa-Aravaca. Extracto convocatoria subvenciones
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 108

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 7 DE MAYO DE 2021

Pág. 475

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
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MADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO

Distrito de Moncloa-Aravaca
Extracto del decreto de 26 de abril de 2021, de la concejala-presidenta del Distrito de
Moncloa-Aravaca, por el que se aprueban las bases por las que se regirán las Convocatorias ordinaria de Subvenciones de Fomento del Asociacionismo para la anualidad 2021 y
Convocatoria anticipada para la anualidad 2022.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.
(http://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/index):

Primero. Beneficiarios.—Asociaciones de base que tengan su domicilio social en el Distrito de Moncloa-Aravaca y estén inscritas en el Registro de Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Madrid y que cumplan los requisitos establecidos en la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus
Organismos Públicos aprobada por acuerdo plenario de 30 de octubre de 2013, modificada por
el Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Madrid, de 31 de mayo de 2017 (OBRGS).
Segundo. Objeto.—Fomentar y promover el desarrollo de proyectos de fomento del
asociacionismo, así como garantizar la continuidad y correcto funcionamiento de las Asociaciones del Distrito financiando gastos de mantenimiento de sedes sociales u otros espacios en los que las Asociaciones desarrollen sus actividades de forma habitual.
Tercero. Bases reguladoras.—Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la
concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos,
de 30 de octubre de 2013, modificada por el Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de
Madrid, de 31 de mayo de 2017, publicada en www.madrid.es
Cuarto. Cuantía.—Para la convocatoria ordinaria 2021. El importe total destinado
a esta convocatoria asciende a 42.000 euros, que se distribuirán de la siguiente forma:
— Modalidad de proyectos: 36.000 euros.
— Modalidad de gastos de mantenimiento de sedes sociales u otros espacios: 6.000
euros.
Para la convocatoria anticipada 2022. El importe total destinado a esta convocatoria
asciende a 42.000 euros, que se distribuirán de la siguiente forma:
— Modalidad de proyectos: 36.000 euros.
— Modalidad de gastos de mantenimiento de sedes sociales u otros espacios: 6.000
euros.
La cuantía de la subvención de cada convocatoria se considerará importe cierto, quedando de cuenta del beneficiario la diferencia de financiación necesaria para la total ejecución de la actividad subvencionada, debiendo ser reintegrada, en su caso, la financiación
pública por el importe en que la misma exceda del coste total de dicha actividad.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
Para la convocatoria ordinaria 2021: el plazo de presentación será de quince días hábiles, contados desde el siguiente a la publicación del extracto de la presente convocatoria
en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Para la convocatoria anticipada 2022: El plazo de presentación será del 10 de diciembre de 2021 al 20 de enero de 2022.
Sexto. Otros datos.—Esta convocatoria de subvenciones se desarrolla en régimen de
concurrencia competitiva.

BOCM-20210507-53

BDNS: 560415 y 560420