Madrid número 12 (BOCM-20210507-122)
Procedimiento 80/2021
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 108

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 7 DE MAYO DE 2021

Pág. 561

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
122

MADRID NÚMERO 12
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MONTSERRAT TORRENTE MUÑOZ LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE
JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 12 de Madrid.
HAGO SABER: Que en el procedimiento 80/2021 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. GIGEL URSE frente a NAVANZA NORTE SL sobre Despidos
/ Ceses en general se ha dictado la siguiente resolución:
Que DEBO ESTIMAR Y ESTIMO la demanda de despido formulada por GIGEL
URSE contra NAVANZA NORTE, S.L., y en consecuencia declaro improcedente el despido articulado sobre dicho trabajador con fecha de efectos de 14.12.2020, así como la EXTINCIÓN DE LA RELACIÓN LABORAL que les unía, con efectos desde la fecha de efectos del despido, condenando a la empresa al abono de una indemnización de 9.242,97 euros.
DEBO ESTIMAR Y ESTIMO parcialmente la demanda de CANTIDAD interpuesta por
GIGEL URSE contra NAVANZA NORTE, S.L., y en consecuencia condeno a ésta última a
abonar al actor la cantidad de 8.889,89 euros brutos, con el recargo del artículo 29.3 ET.
Notifíquese la presente al Fondo de Garantía Salarial, que responderá de las consecuencias económicas previstas en el artículo 33 del Estatuto de los Trabajadores y siempre
dentro de los límites establecidos en el mencionado precepto.
Se advierte a la partes que contra esta Sentencia puede interponerse Recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, anunciándolo
por comparecencia o por escrito en este Juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a
su notificación y designando Letrado o graduado social colegiado para su tramitación. Se
advierte al recurrente que no fuese trabajador o beneficiario del Régimen Público de Seguridad Social, ni gozase del derecho de asistencia jurídica gratuita que deberá acreditar al
tiempo de interponerlo haber ingresado el importe de 300 euros en la cuenta IBAN ES55
0049 3569 9200 0500 1274 con nº 2510-0000-61-0080-21 del BANCO DE SANTANDER
aportando el resguardo acreditativo.
Y para que sirva de notificación en legal forma a NAVANZA NORTE SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de
Madrid.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a siete de abril de dos mil veintiuno.

BOCM-20210507-122

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/12.588/21)

http://www.bocm.es

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791