Segovia número 5 (BOCM-20210507-91)
Procedimiento 77/2020
Página 1 Pág. 1
1 página en total
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
B.O.C.M. Núm. 108
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 7 DE MAYO DE 2021
Pág. 529
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE
91
SEGOVIA NÚMERO 5
EDICTO
En el juicio leve 77/2020 seguido en el Juzgado de primera instancia e instrucción n° 5
de Segovia se ha dictado sentencia cuya parte dispositiva dice:
FALLO
Que debo condenar y condeno a IVÁN MIRA MOLINA como autor de un delito leve
de estafa, a la pena de multa de un mes, con una cuota diaria de 8 euros (en total, 240 euros
de multa), gue será satisfecha en la forma que se dispone en el Fundamento de Derecho Segundo de esta resolución, con la responsabilidad personal subsidiaria allí establecida para el
caso de impago, y a que por vía de responsabilidad civil indemnice a la Estación de Servicio
Shell sita en la Carretera de San Rafael de Segovia con la cantidad de 40 euros, con expresa
imposición al condenado de las costas causadas.
Conforme a lo establecido en el artículo 976 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal,
contra la presente Sentencia cabe interponer recurso de apelación dentro de los cinco días
siguientes a su notificación, recurso que se interpondrá ante este Juzgado y a resolver por
la Iltma. Audiencia Provincial de Segovia, debiendo formalizarse por escrito en el que se
expondrán ordenadamente las alegaciones en que se funde.
Y para que sirva de notificación a Iván Mira Molina, extiendo esta cédula en Segovia,
a doce de abril de dos mil veintiuno.
LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
BOCM-20210507-91
(03/12.906/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 108
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 7 DE MAYO DE 2021
Pág. 529
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE
91
SEGOVIA NÚMERO 5
EDICTO
En el juicio leve 77/2020 seguido en el Juzgado de primera instancia e instrucción n° 5
de Segovia se ha dictado sentencia cuya parte dispositiva dice:
FALLO
Que debo condenar y condeno a IVÁN MIRA MOLINA como autor de un delito leve
de estafa, a la pena de multa de un mes, con una cuota diaria de 8 euros (en total, 240 euros
de multa), gue será satisfecha en la forma que se dispone en el Fundamento de Derecho Segundo de esta resolución, con la responsabilidad personal subsidiaria allí establecida para el
caso de impago, y a que por vía de responsabilidad civil indemnice a la Estación de Servicio
Shell sita en la Carretera de San Rafael de Segovia con la cantidad de 40 euros, con expresa
imposición al condenado de las costas causadas.
Conforme a lo establecido en el artículo 976 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal,
contra la presente Sentencia cabe interponer recurso de apelación dentro de los cinco días
siguientes a su notificación, recurso que se interpondrá ante este Juzgado y a resolver por
la Iltma. Audiencia Provincial de Segovia, debiendo formalizarse por escrito en el que se
expondrán ordenadamente las alegaciones en que se funde.
Y para que sirva de notificación a Iván Mira Molina, extiendo esta cédula en Segovia,
a doce de abril de dos mil veintiuno.
LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
BOCM-20210507-91
(03/12.906/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791