Madrid número 22 (BOCM-20210507-77)
Procedimiento 761/2019
2 páginas totales
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 108
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 7 DE MAYO DE 2021
Pág. 513
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE
77
MADRID NÚMERO 22
EDICTO
Dña. GEMA FERNÁNDEZ DE VERA RUIZ, Letrada de la Admón. de Justicia del Juzgado de 1ª Instancia num. 22.
Da fe, que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento Familia. Divorcio contencioso num. 761/2019 instados por Procurador D./Dña. DAVID PLAZA BUQUERIN en
nombre y representación de Dña. LUBNA SAID HAMDUN contra D. MUNIR ABDULCARIM HAMDUM, en los que se ha dictado en fecha 12/04/2021 sentencia cuyo encabezamiento y fallo es la siguiente:
SENTENCIA Nº 198/2021
JUEZ/MAGISTRADO- JUEZ: Dña. AMALIA RODRIGUEZ RANCHAL.
Lugar: Madrid.
Fecha: doce de abril de dos mil veintiuno.
Vistos por mí, Amalia Rodríguez Ranchal, Juez del Juzgado de Primera Instancia número 22 de Madrid, los autos del proceso de DIVORCIO CONTENCIOSO número
761/2019 seguidos a instancia de DOÑA LUBNA SAID HAMDUN, representada por el
procurador de los Tribunales Don David Plaza Buquerin contra DON MUNIR ABDULCARIM HAMDUM en situación procesal de rebeldía, con intervención del Ministerio Fiscal,
en nombre de S.M. el Rey dicto la presente resolución sobre la base de los siguientes.
FALLO
QUE ESTIMO LA DEMANDA interpuesta por DOÑA LUBNA SAID HAMDUN,
representada por el procurador de los Tribunales Don David Plaza Buquerin contra DON
MUNIR ABDULCARIM HAMDUM en situación procesal de rebeldía, y en consecuencia.
DECLARO LA DISOLUCIÓN DEL MATRIMONIO formado por los expresados,
por divorcio, con todos los efectos legales derivados de esta declaración;
ACUERDO LA ADOPCIÓN DE LAS SIGUIENTES MEDIDAS DEFINITIVAS:
Patria potestad compartida por ambos progenitores y se atribuye la guarda y custodia
del menor a favor de la madre.
Se establece una pensión de alimentos en suma de 150 euros para cada uno de los hijos (300 euros) hasta la independencia económica, cantidad que se hará efectiva con carácter anticipado, entre los días 1 y cinco de cada mes, en doce mensualidades al año, mediante ingreso en la cuenta de titularidad exclusiva de la madre que ella designe. Dicha cantidad
se actualizará anualmente a fecha uno de enero de cada año de conformidad con las variaciones que experimente IPC del año inmediato anterior. Los gastos extraordinarios que genere la menor se pagarán por mitad por ambos progenitores, siempre previa consulta y
acuerdo y en su defecto autorización judicial para efectuar gastos.
No se hace expresa imposición de costas.
Una vez firme la presente resolución, comuníquese al Registro Civil correspondiente
para su inscripción.
BOCM-20210507-77
Régimen de visitas de fines de semanas alternos a favor del padre respecto del hijo menor de edad.
B.O.C.M. Núm. 108
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 7 DE MAYO DE 2021
Pág. 513
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE
77
MADRID NÚMERO 22
EDICTO
Dña. GEMA FERNÁNDEZ DE VERA RUIZ, Letrada de la Admón. de Justicia del Juzgado de 1ª Instancia num. 22.
Da fe, que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento Familia. Divorcio contencioso num. 761/2019 instados por Procurador D./Dña. DAVID PLAZA BUQUERIN en
nombre y representación de Dña. LUBNA SAID HAMDUN contra D. MUNIR ABDULCARIM HAMDUM, en los que se ha dictado en fecha 12/04/2021 sentencia cuyo encabezamiento y fallo es la siguiente:
SENTENCIA Nº 198/2021
JUEZ/MAGISTRADO- JUEZ: Dña. AMALIA RODRIGUEZ RANCHAL.
Lugar: Madrid.
Fecha: doce de abril de dos mil veintiuno.
Vistos por mí, Amalia Rodríguez Ranchal, Juez del Juzgado de Primera Instancia número 22 de Madrid, los autos del proceso de DIVORCIO CONTENCIOSO número
761/2019 seguidos a instancia de DOÑA LUBNA SAID HAMDUN, representada por el
procurador de los Tribunales Don David Plaza Buquerin contra DON MUNIR ABDULCARIM HAMDUM en situación procesal de rebeldía, con intervención del Ministerio Fiscal,
en nombre de S.M. el Rey dicto la presente resolución sobre la base de los siguientes.
FALLO
QUE ESTIMO LA DEMANDA interpuesta por DOÑA LUBNA SAID HAMDUN,
representada por el procurador de los Tribunales Don David Plaza Buquerin contra DON
MUNIR ABDULCARIM HAMDUM en situación procesal de rebeldía, y en consecuencia.
DECLARO LA DISOLUCIÓN DEL MATRIMONIO formado por los expresados,
por divorcio, con todos los efectos legales derivados de esta declaración;
ACUERDO LA ADOPCIÓN DE LAS SIGUIENTES MEDIDAS DEFINITIVAS:
Patria potestad compartida por ambos progenitores y se atribuye la guarda y custodia
del menor a favor de la madre.
Se establece una pensión de alimentos en suma de 150 euros para cada uno de los hijos (300 euros) hasta la independencia económica, cantidad que se hará efectiva con carácter anticipado, entre los días 1 y cinco de cada mes, en doce mensualidades al año, mediante ingreso en la cuenta de titularidad exclusiva de la madre que ella designe. Dicha cantidad
se actualizará anualmente a fecha uno de enero de cada año de conformidad con las variaciones que experimente IPC del año inmediato anterior. Los gastos extraordinarios que genere la menor se pagarán por mitad por ambos progenitores, siempre previa consulta y
acuerdo y en su defecto autorización judicial para efectuar gastos.
No se hace expresa imposición de costas.
Una vez firme la presente resolución, comuníquese al Registro Civil correspondiente
para su inscripción.
BOCM-20210507-77
Régimen de visitas de fines de semanas alternos a favor del padre respecto del hijo menor de edad.