Madrid número 12 (BOCM-20210507-119)
Procedimiento 1053/2019
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 7 DE MAYO DE 2021

B.O.C.M. Núm. 108

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
119

MADRID NÚMERO 12
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Que en el Procedimiento 1053/2019 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia
de D./Dña. JUAN JOSE LOPEZ GARCIA frente a TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (TGSS), INSTITUTO NACIONAL DE SEGURIDAD SOCIAL,
IBERMUTUAMUR MUTUA COLABORADORA CON LA SEGURIDAD SOCIAL Nº
274 y CENTROPIA SOLUCIONES Y SERVICIOS, SL sobre Seguridad social, se ha dictado la siguiente resolución:
Que debo desestimar y desestimo la demanda interpuesta, manteniendo la resolución
impugnada y sin que haya lugar a elevar la cuantía correspondiente al actor por lesiones permanentes no invalidantes, tal como solicita en su demanda.
Se advierte a la partes que contra esta Sentencia puede interponerse Recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, anunciándolo
por comparecencia o por escrito en este Juzgado en el plazo de los CINCO DIAS siguientes a su notificación y designando Letrado o graduado social colegiado para su tramitación.
Se advierte al recurrente que no fuese trabajador o beneficiario del Régimen Público de Seguridad Social, ni gozase del derecho de asistencia jurídica gratuita que deberá acreditar, al
tiempo de interponerlo, haber ingresado el importe de 300 euros en la cuenta IBAN ES55
0049 3569 9200 0500 1274 con nº 2510-0000-62-1053-19 del BANCO DE SANTANDER
aportando el resguardo acreditativo; así como acreditar, al tiempo de anunciarlo, haber consignado el importe íntegro de la condena en el BANCO DE SANTANDER o presentar aval
de duración indefinida y pagadero a primer requerimiento de Entidad Financiera por el mismo importe, en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista.
Se puede realizar el ingreso por transferencia bancaria desde una cuenta corriente
abierta en cualquier entidad bancaria distinta de BANCO DE SANTANDER. Para ello ha
de seguir todos los pasos siguientes:
Emitir la transferencia a la cuenta bancaria siguiente: IBAN ES55 0049 3569 9200
0500 1274. En el campo ordenante, se indicará como mínimo el nombre o razón social de
la persona física o jurídica obligada a hacer el ingreso y si es posible, el nif /cif de la misma. En el campo beneficiario, se identificará al juzgado o tribunal que ordena el ingreso.
En el campo “observaciones o concepto de la transferencia”, se consignarán los 16 dígitos
que corresponden al procedimiento 2510-0000-62-1053-19.
Así, por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.—
El magistrado-juez, Jesús Andrés Nevado Nevado.
Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a CENTROPIA SOLUCIONES Y SERVICIOS, SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en
el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a 8 de abril de 2021.—La letrada de la Administración de Justicia.
(03/12.755/21)

http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791

BOCM-20210507-119

Dña. MONTSERRAT TORRENTE MUÑOZ, LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 12 DE MADRID, HAGO SABER: