Madrid número 14 (BOCM-20210507-130)
Procedimiento 1020/2020
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 108

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 7 DE MAYO DE 2021

Pág. 573

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
130

MADRID NÚMERO 14
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. LAURA CARRIÓN GÓMEZ LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
DEL Juzgado de lo Social nº 14 de Madrid.
HAGO SABER: Que en el procedimiento 1020/2020 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. PABLO BOLAÑOS ROBLEDO frente a ORION PROYECTOS E INMUEBLES SL sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado la siguiente SENTENCIA cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:
FALLO
ESTIMANDO la demanda de despido interpuesta por PABLO BOLAÑOS ROBLEDO
contra la empresa ORION PROYECTOS E INMUEBLES, SL, DEBO DECLARAR Y DECLARO IMPROCEDENTE el despido del/de la demandante efectuado por ORION PROYECTOS E INMUEBLES, SL el 20-07-20, CONDENANDO a dicha empresa demandada
a la inmediata readmisión de PABLO BOLAÑOS ROBLEDO, con abono de los salarios de
tramitación a razón de 44,73 euros diarios hasta la notificación de la esta sentencia, salvo que
en el plazo de cinco días opte por abonarle la indemnización de 1.968,14 euros, con la advertencia de que, en el supuesto de no optar se entiende que procede la readmisión.
Notifíquese la presente a la partes haciéndoles saber que contra esta Sentencia puede
interponerse Recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid anunciándolo por comparecencia o por escrito en este Juzgado en el plazo
de los cinco días siguientes a su notificación y designando Letrado o graduado social colegiado para su tramitación. Se advierte al recurrente que no fuese trabajador obeneficiario
del Régimen Público de Seguridad Social, ni gozase del derecho de asistencia jurídica gratuita que deberá acreditar al tiempo de interponerlo haber ingresado el importe de 300 euros
en la cuenta IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274 con nº 2512-0000-61-1020 20 del
BANCO DE SANTANDER aportando el resguardo acreditativo; así como acreditar al
tiempo de anunciarlo haber consignado el importe íntegro de la condena en el BANCO DE
SANTANDER o presentar aval de duración indefinida y pagadero a primer requerimiento
de Entidad Financiera por el mismo importe, en el que se haga constar la responsabilidad
solidaria del avalista.
Y para que sirva de notificación en legal forma a ORION PROYECTOS E INMUEBLES SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial
de la Comunidad de Madrid y tablón de anuncios del Juzgado.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/12.940/21)

http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791

BOCM-20210507-130

En Madrid, a ocho de abril de dos mil veintiuno.