C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y JUVENTUD (BOCM-20210507-25)
Plan de estudios – Decreto 65/2021, de 28 de abril, del Consejo de Gobierno, por el que se establecen para la Comunidad de Madrid los planes de estudios de las enseñanzas conducentes a la obtención de los títulos de Técnico Deportivo en Barrancos, Técnico Deportivo en Escalada y Técnico Deportivo en Media Montaña
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BOCM
Pág. 132
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 7 DE MAYO DE 2021
B.O.C.M. Núm. 108
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Educación y Juventud
DECRETO 65/2021, de 28 de abril, del Consejo de Gobierno, por el que se establecen para la Comunidad de Madrid los planes de estudios de las enseñanzas
conducentes a la obtención de los títulos de Técnico Deportivo en Barrancos,
Técnico Deportivo en Escalada y Técnico Deportivo en Media Montaña.
La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, ordena en el Título I, Capítulo VIII, las Enseñanzas Deportivas de Régimen Especial.
Como desarrollo reglamentario, el Ministerio de Educación y Ciencia aprobó el Real Decreto 1363/2007, de 24 de octubre, por el que se establece la ordenación general de las enseñanzas deportivas de régimen especial. En su artículo 16.3, se dispone que las administraciones competentes establecerán el currículo de las modalidades y, en su caso, especialidades
deportivas, teniendo en cuenta la realidad del sistema deportivo en el territorio de su competencia, con la finalidad de que las enseñanzas respondan a sus necesidades de cualificación.
El Gobierno de la Nación ha aprobado el Real Decreto 702/2019, de 29 de noviembre,
por el que se establecen los títulos de Técnico Deportivo en Barrancos, Técnico Deportivo
en Escalada y Técnico Deportivo en Media Montaña y se fijan sus currículos básicos y los
requisitos de acceso, que forman parte del catálogo de las enseñanzas deportivas del sistema educativo.
Procede ahora aprobar los currículos de las enseñanzas deportivas conducentes a los
títulos citados, que serán de aplicación en los centros dependientes del ámbito de gestión de
la Comunidad de Madrid. Debe significarse que el citado Real Decreto 1363/2007, de 24
de octubre, en el artículo 10 ordena los módulos de las enseñanzas deportivas en dos bloques: el bloque común y el bloque específico. En la Comunidad de Madrid el bloque común está regulado por el Decreto 74/2014, de 3 de julio, del Consejo de Gobierno, por el
que se establece para la Comunidad de Madrid el Plan de Estudios del bloque común de las
Enseñanzas Deportivas de Régimen Especial. En coherencia con lo establecido en el Decreto 74/2014, de 3 de julio, los planes de estudios de estas enseñanzas han incorporado el
módulo propio de “Inglés técnico para grado medio”.
Lo dispuesto en este Decreto sustituye a la regulación del currículo, la prueba y los requisitos de acceso correspondientes a los presentes títulos establecidos en la Orden 3198/2003, de 11 de junio, del Consejero de Educación, por la que se establecen los currículos y las pruebas de acceso correspondientes a las enseñanzas conducentes a los títulos
de Técnico Deportivo y de Técnico Deportivo Superior de las especialidades de los deportes
de Montaña y Escalada; modificada por la Orden 3756/2005, de 19 de julio, del Consejero de
Educación, por la que se establecen los currículos de las Enseñanzas Deportivas de régimen
especial en la modalidad de deportes de Montaña y Escalada, en lo que respecta a la duración
del currículo y a determinados aspectos de los requisitos de titulación del profesorado, y por
la Orden 5096/2003, de 5 de septiembre, del Consejero de Educación, por la que se establecen los currículos y las pruebas de acceso correspondientes a las enseñanzas conducentes a
los títulos de Técnico Deportivo y de Técnico Deportivo Superior de las especialidades de los
deportes de Montaña y Escalada.
Asimismo, queda derogada la Orden 2037/2004, de 1 de junio, por la que se establecen los requisitos mínimos de los centros docentes privados que impartan las enseñanzas
conducentes a la obtención de los títulos de Técnico Deportivo y Técnico Deportivo Superior en las Especialidades de Montaña y Escalada, y, en lo que respecta a las enseñanzas reguladas por este Decreto, la Orden 3694/2009, de 28 de julio, por la que se establece para
la Comunidad de Madrid la distribución horaria de las enseñanzas deportivas de régimen
especial de las modalidades de Atletismo, Baloncesto, Balonmano, Deportes de Invierno,
Deportes de Montaña y Escalada y Fútbol.
Por otra parte, el diseño del plan de estudios de estas enseñanzas garantiza el ejercicio
real y efectivo de derechos por parte de las personas con discapacidad en igualdad de condiciones con respecto al resto de la ciudadanía, así como el derecho a la igualdad de oportunidades y de trato según establece el artículo 1 del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 7 DE MAYO DE 2021
B.O.C.M. Núm. 108
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Educación y Juventud
DECRETO 65/2021, de 28 de abril, del Consejo de Gobierno, por el que se establecen para la Comunidad de Madrid los planes de estudios de las enseñanzas
conducentes a la obtención de los títulos de Técnico Deportivo en Barrancos,
Técnico Deportivo en Escalada y Técnico Deportivo en Media Montaña.
La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, ordena en el Título I, Capítulo VIII, las Enseñanzas Deportivas de Régimen Especial.
Como desarrollo reglamentario, el Ministerio de Educación y Ciencia aprobó el Real Decreto 1363/2007, de 24 de octubre, por el que se establece la ordenación general de las enseñanzas deportivas de régimen especial. En su artículo 16.3, se dispone que las administraciones competentes establecerán el currículo de las modalidades y, en su caso, especialidades
deportivas, teniendo en cuenta la realidad del sistema deportivo en el territorio de su competencia, con la finalidad de que las enseñanzas respondan a sus necesidades de cualificación.
El Gobierno de la Nación ha aprobado el Real Decreto 702/2019, de 29 de noviembre,
por el que se establecen los títulos de Técnico Deportivo en Barrancos, Técnico Deportivo
en Escalada y Técnico Deportivo en Media Montaña y se fijan sus currículos básicos y los
requisitos de acceso, que forman parte del catálogo de las enseñanzas deportivas del sistema educativo.
Procede ahora aprobar los currículos de las enseñanzas deportivas conducentes a los
títulos citados, que serán de aplicación en los centros dependientes del ámbito de gestión de
la Comunidad de Madrid. Debe significarse que el citado Real Decreto 1363/2007, de 24
de octubre, en el artículo 10 ordena los módulos de las enseñanzas deportivas en dos bloques: el bloque común y el bloque específico. En la Comunidad de Madrid el bloque común está regulado por el Decreto 74/2014, de 3 de julio, del Consejo de Gobierno, por el
que se establece para la Comunidad de Madrid el Plan de Estudios del bloque común de las
Enseñanzas Deportivas de Régimen Especial. En coherencia con lo establecido en el Decreto 74/2014, de 3 de julio, los planes de estudios de estas enseñanzas han incorporado el
módulo propio de “Inglés técnico para grado medio”.
Lo dispuesto en este Decreto sustituye a la regulación del currículo, la prueba y los requisitos de acceso correspondientes a los presentes títulos establecidos en la Orden 3198/2003, de 11 de junio, del Consejero de Educación, por la que se establecen los currículos y las pruebas de acceso correspondientes a las enseñanzas conducentes a los títulos
de Técnico Deportivo y de Técnico Deportivo Superior de las especialidades de los deportes
de Montaña y Escalada; modificada por la Orden 3756/2005, de 19 de julio, del Consejero de
Educación, por la que se establecen los currículos de las Enseñanzas Deportivas de régimen
especial en la modalidad de deportes de Montaña y Escalada, en lo que respecta a la duración
del currículo y a determinados aspectos de los requisitos de titulación del profesorado, y por
la Orden 5096/2003, de 5 de septiembre, del Consejero de Educación, por la que se establecen los currículos y las pruebas de acceso correspondientes a las enseñanzas conducentes a
los títulos de Técnico Deportivo y de Técnico Deportivo Superior de las especialidades de los
deportes de Montaña y Escalada.
Asimismo, queda derogada la Orden 2037/2004, de 1 de junio, por la que se establecen los requisitos mínimos de los centros docentes privados que impartan las enseñanzas
conducentes a la obtención de los títulos de Técnico Deportivo y Técnico Deportivo Superior en las Especialidades de Montaña y Escalada, y, en lo que respecta a las enseñanzas reguladas por este Decreto, la Orden 3694/2009, de 28 de julio, por la que se establece para
la Comunidad de Madrid la distribución horaria de las enseñanzas deportivas de régimen
especial de las modalidades de Atletismo, Baloncesto, Balonmano, Deportes de Invierno,
Deportes de Montaña y Escalada y Fútbol.
Por otra parte, el diseño del plan de estudios de estas enseñanzas garantiza el ejercicio
real y efectivo de derechos por parte de las personas con discapacidad en igualdad de condiciones con respecto al resto de la ciudadanía, así como el derecho a la igualdad de oportunidades y de trato según establece el artículo 1 del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29
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