C) Otras Disposiciones - UNIVERSIDAD REY JUAN CARLOS (BOCM-20210507-32)
Extracto convocatoria subvenciones – Resolución de 27 de abril de 2021, del Rector Magnífico de la Universidad Rey Juan Carlos, por la que se aprueba y hacen públicas las bases y la convocatoria de movilidad para estudiantes para realizar prácticas en el extranjero durante el curso académico 2020/2021 dentro del programa Erasmus
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 7 DE MAYO DE 2021
B.O.C.M. Núm. 108
Las cantidades especificadas podrán sufrir una variación, al alza, en función de posibles aportaciones adicionales del SEPIE.
4. El cálculo de la beca se realiza teniendo en cuenta la fecha de inicio y de fin de la
estancia de prácticas, reflejada en el certificado de estancia.
El importe final del período de movilidad se determinará multiplicando el número de
días/meses de la movilidad por el importe de la ayuda diaria/mensual del país de acogida
correspondiente. En el caso de meses incompletos, la ayuda financiera se calculará multiplicando el número de días del mes incompleto por 1/30 de la ayuda mensual.
Los meses completos se contabilizarán como treinta días, independientemente de su duración real, a los que habría que sumar los días restantes de los meses incompletos, en su caso.
5. La distribución de los fondos, se realizará en función de las condiciones que el SEPIE pudiera establecer. En el caso de que no lo hicieran, será el Órgano Instructor el que las
establezca.
6. El abono de las ayudas correspondientes al SEPIE se realizará en dos plazos: 80
por 100 y 20 por 100.
— El abono del 80 por 100 se tramitará una vez se hayan formalizado el Convenio de
Subvención, el Acuerdo de Formación, realizada on-line la primera evaluación de
competencia lingüística y recibido el certificado de llegada (ver doc. Anexo V) y
una vez que el SEPIE haya realizado el primer ingreso de la subvención en la
cuenta general de la URJC.
— El segundo pago del 20 por 100 restante se realizará al finalizar el período de prácticas en el extranjero y tras realizar on-line la segunda evaluación de competencia lingüística y la entrega, por parte del estudiante, del Certificado de Estancia (firmado
y sellado por la institución de acogida) (ver Anexo VII) y una vez que el SEPIE haya
realizado el último ingreso de la subvención en la cuenta general de la URJC.
7. Las ayudas económicas se financiarán con cargo al Convenio Erasmus+ número 2020-1-ES01-KA103-078257 entre el SEPIE y la Universidad para el curso 2020/21,
quedando condicionada su concesión a la existencia de crédito adecuado y suficiente.
8. La ayuda concedida a día de hoy para esta convocatoria es de 157 500 euros y se
hará efectiva con cargo a la aplicación presupuestaria 30.VC.RI.SR 423A 483.01 en el ejercicio presupuestario 2021. En el caso que posteriormente el SEPIE adjudicase más fondos
a los inicialmente concedidos esta cuantía adicional se incorporará a esta convocatoria hasta la cuantía adicional indicada en el punto 1.3.
9. El abono de las ayudas se realizará exclusivamente mediante transferencia bancaria a cuentas corrientes situadas en España, cuyos titulares deberán ser, necesariamente, los
beneficiarios de las mismas.
10. En caso de renuncia o finalización anticipada del período de prácticas, el alumno está obligado a devolver las cantidades ingresadas en exceso, al primer requerimiento de
la Universidad Rey Juan Carlos, pudiéndose devengar intereses y costas por las gestiones
que dicha Universidad deba llevar a cabo ante la negativa injustificada de devolución por
parte del alumno deudor.
11. La URJC sólo se encargará de hacer efectivos los pagos de la beca correspondiente a la subvención procedente del SEPIE.
12. Las ayudas financieras de movilidad Erasmus Prácticas adjudicadas a los estudiantes, serán compatibles con otras ayudas y préstamos nacionales, autonómicos, locales
y con cualquier ayuda aportada por la institución de acogida, siempre que así lo establezcan las entidades cofinanciadoras del programa.
Ayudas para estudiantes con discapacidades o necesidades especiales excepcionales:
— Se prevén ayudas complementarias para estudiantes que presenten minusvalías físicas. La solicitud debe ir acompañada de un certificado oficial en el que se exprese el grado de minusvalía y de pruebas objetivas en las que se indique el nivel de
minusvalía o de necesidades especiales y la dificultad que estas representan para
la movilidad del estudiante, es decir, una descripción de las limitaciones para participar en el programa de movilidad, y no simplemente la dificultad que atañe a su
movilidad física.
13. La obtención de una beca Erasmus+ para realizar prácticas en instituciones en el
extranjero será compatible con la obtención de una beca Erasmus+ para realizar estudios en
el mismo curso académico, siempre que la duración total de meses en estancia Erasmus no supere los doce meses dentro de un ciclo de estudios. Los períodos habrán de ser cerrados e independientes, de forma que al finalizar un período comience otro, bien a continuación o con
BOCM-20210507-32
BOCM
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VIERNES 7 DE MAYO DE 2021
B.O.C.M. Núm. 108
Las cantidades especificadas podrán sufrir una variación, al alza, en función de posibles aportaciones adicionales del SEPIE.
4. El cálculo de la beca se realiza teniendo en cuenta la fecha de inicio y de fin de la
estancia de prácticas, reflejada en el certificado de estancia.
El importe final del período de movilidad se determinará multiplicando el número de
días/meses de la movilidad por el importe de la ayuda diaria/mensual del país de acogida
correspondiente. En el caso de meses incompletos, la ayuda financiera se calculará multiplicando el número de días del mes incompleto por 1/30 de la ayuda mensual.
Los meses completos se contabilizarán como treinta días, independientemente de su duración real, a los que habría que sumar los días restantes de los meses incompletos, en su caso.
5. La distribución de los fondos, se realizará en función de las condiciones que el SEPIE pudiera establecer. En el caso de que no lo hicieran, será el Órgano Instructor el que las
establezca.
6. El abono de las ayudas correspondientes al SEPIE se realizará en dos plazos: 80
por 100 y 20 por 100.
— El abono del 80 por 100 se tramitará una vez se hayan formalizado el Convenio de
Subvención, el Acuerdo de Formación, realizada on-line la primera evaluación de
competencia lingüística y recibido el certificado de llegada (ver doc. Anexo V) y
una vez que el SEPIE haya realizado el primer ingreso de la subvención en la
cuenta general de la URJC.
— El segundo pago del 20 por 100 restante se realizará al finalizar el período de prácticas en el extranjero y tras realizar on-line la segunda evaluación de competencia lingüística y la entrega, por parte del estudiante, del Certificado de Estancia (firmado
y sellado por la institución de acogida) (ver Anexo VII) y una vez que el SEPIE haya
realizado el último ingreso de la subvención en la cuenta general de la URJC.
7. Las ayudas económicas se financiarán con cargo al Convenio Erasmus+ número 2020-1-ES01-KA103-078257 entre el SEPIE y la Universidad para el curso 2020/21,
quedando condicionada su concesión a la existencia de crédito adecuado y suficiente.
8. La ayuda concedida a día de hoy para esta convocatoria es de 157 500 euros y se
hará efectiva con cargo a la aplicación presupuestaria 30.VC.RI.SR 423A 483.01 en el ejercicio presupuestario 2021. En el caso que posteriormente el SEPIE adjudicase más fondos
a los inicialmente concedidos esta cuantía adicional se incorporará a esta convocatoria hasta la cuantía adicional indicada en el punto 1.3.
9. El abono de las ayudas se realizará exclusivamente mediante transferencia bancaria a cuentas corrientes situadas en España, cuyos titulares deberán ser, necesariamente, los
beneficiarios de las mismas.
10. En caso de renuncia o finalización anticipada del período de prácticas, el alumno está obligado a devolver las cantidades ingresadas en exceso, al primer requerimiento de
la Universidad Rey Juan Carlos, pudiéndose devengar intereses y costas por las gestiones
que dicha Universidad deba llevar a cabo ante la negativa injustificada de devolución por
parte del alumno deudor.
11. La URJC sólo se encargará de hacer efectivos los pagos de la beca correspondiente a la subvención procedente del SEPIE.
12. Las ayudas financieras de movilidad Erasmus Prácticas adjudicadas a los estudiantes, serán compatibles con otras ayudas y préstamos nacionales, autonómicos, locales
y con cualquier ayuda aportada por la institución de acogida, siempre que así lo establezcan las entidades cofinanciadoras del programa.
Ayudas para estudiantes con discapacidades o necesidades especiales excepcionales:
— Se prevén ayudas complementarias para estudiantes que presenten minusvalías físicas. La solicitud debe ir acompañada de un certificado oficial en el que se exprese el grado de minusvalía y de pruebas objetivas en las que se indique el nivel de
minusvalía o de necesidades especiales y la dificultad que estas representan para
la movilidad del estudiante, es decir, una descripción de las limitaciones para participar en el programa de movilidad, y no simplemente la dificultad que atañe a su
movilidad física.
13. La obtención de una beca Erasmus+ para realizar prácticas en instituciones en el
extranjero será compatible con la obtención de una beca Erasmus+ para realizar estudios en
el mismo curso académico, siempre que la duración total de meses en estancia Erasmus no supere los doce meses dentro de un ciclo de estudios. Los períodos habrán de ser cerrados e independientes, de forma que al finalizar un período comience otro, bien a continuación o con
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